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Instrucciones

Resolución de 28 de julio de 2022 del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos, por la que se modifica la Resolución de 15 de junio de 2017 por la que se aprobó el Protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones por incumplimiento de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 08/08/2022

Identificador

ANM 2022\94

Tipo de disposición

Instrucciones

Fecha de disposición

28/07/2022

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 08/08/2022 núm. 9196 pág. 3-4.

Resolución de 28 de julio de 2022 del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos, por la que se modifica la Resolución de 15 de junio de 2017 por la que se aprueba el protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones por incumplimiento de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos

Mediante Resolución de 15 de junio de 2017 se aprobó el Protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones por incumplimiento de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos.

Dicho protocolo tiene por objeto la regulación de los requisitos, condiciones y procedimiento para hacer efectivo lo dispuesto en la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos (en adelante, OLEPGR), en cuyo artículo 89.5, se establece la posibilidad de sustituir las sanciones económicas por otro tipo de prestaciones ambientales sustitutorias con el fin de que los ciudadanos sancionados, que soliciten la realización de esas prestaciones.

También regula la propia resolución las condiciones para la aplicación de la prestación ambiental, así como las condiciones para poder realizar la misma.

Entre dichas condiciones la propia resolución contempla la equivalencia entre la cuantía de la sanción económica y el número de horas a realizar.

Por su parte, el Boletín Oficial del Estado n.º 85, de 9 de abril de 2022, publicó la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que entró en vigor el día 10 de abril de 2022.

La entrada en vigor de esta Ley ha supuesto el agravamiento de conductas anteriormente tipificadas como infracción leve, sin que exista actualmente la correlación necesaria entre la nueva sanción y las horas de prestación educativa.

En virtud de las atribuciones delegadas en el apartado 8.º 4 y 10.º 1.1 c) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, vengo a adoptar la siguiente, 

RESOLUCIÓN

PRIMERO.- Modificar el Protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones por incumplimiento de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos, aprobado por la Resolución de 15 de junio de 2017, del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos, en el sentido de incorporar dentro de las infracciones susceptibles de realizar la prestación ambiental sustitutoria aquellas tipificadas como graves en el artículo 108.3 c) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en los términos que se indican a continuación:

Uno.- Se modifica el título del protocolo que pasa a denominarse "Protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones en materia de limpieza de los espacios públicos y gestión de residuos".

Dos.- Modificar el apartado II. "Condiciones para la aplicación de la prestación ambiental sustitutoria" del protocolo en el sentido de añadir al mismo la infracción grave del artículo 108.3 c) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Tres.- En el apartado III.- PROCEDIMIENTO, epígrafe "Condiciones", se incorpora una nueva equivalencia entre cuantía de la sanción económica y horas de prestación educativa, quedando el cuadro de equivalencias redactado en los siguientes términos:

- 100 euros = 4 horas (1 jornada).

- 200 euros = 8 horas (2 jornadas de 4 horas o 1 jornada de 8 horas).

- 300 euros = 10 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).

- 400 euros = 12 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).

- 500 euros = 14 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).

- 600 euros = 16 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).

- 701 euros = 18 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).

- 751 euros = 20 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).

- 2001 euros = 40 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).

SEGUNDO.- Esta resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica título y anexo de la Resolución de 15 de junio de 2017 del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos, por la que se aprueba el protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones en materia de limpieza de los espacios públicos y gestión de residuos. ANM 2022\95

Descargar normativa

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