Decreto de 5 de septiembre de 2019 del Alcalde, de delegación de competencias en materia de representación
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 10/09/2019
Identificador
ANM 2019\76
Tipo de disposición
Decretos de Alcaldía
Fecha de disposición
05/09/2019
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 10/09/2019 núm. 8478 pág. 7.
Decreto de 5 de septiembre de 2019 del Alcalde, de delegación de competencias en materia de representación
El artículo 14.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, establece que el Alcalde ostenta la máxima representación de la ciudad, sin perjuicio de las facultades de representación que puedan otorgarse a los titulares de otros órganos.
Mediante Decreto de 15 de junio de 2019 del Alcalde, se estableció el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
En función de la distribución de competencias realizada por el citado decreto, el adecuado desarrollo de las relaciones internacionales del Ayuntamiento de Madrid, precisa delegar expresamente determinadas facultades de representación, sin perjuicio de la máxima representación del Ayuntamiento de Madrid que corresponde al Alcalde. Para ello, se delega en el titular del Área Delegada de Internacionalización y Cooperación y en la Coordinación General de la Alcaldía, la representación institucional del Ayuntamiento de Madrid en las relaciones internacionales que desarrollen en el ámbito de sus respectivas competencias.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid,
DISPONGO
1.º Competencias delegadas.
1. Delegar en el titular del Área Delegada de Internacionalización y Cooperación la representación institucional del Ayuntamiento de Madrid en las relaciones internacionales que desarrolle en el ámbito de sus competencias en materia de fondos europeos, cooperación al desarrollo e internacionalización.
2. Delegar en la Coordinación General de la Alcaldía la representación institucional del Ayuntamiento de Madrid en las relaciones internacionales que desarrolle en el ámbito de sus competencias.
3. Las competencias delegadas en el titular del Área Delegada de Internacionalización y Cooperación y en la Coordinación General de la Alcaldía, se entenderán delegadas sin perjuicio de la máxima representación de la ciudad de Madrid que corresponde al Alcalde, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
2.º Eficacia y comunicación.
1. El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
2. Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Queda sin efecto por el Acuerdo de 21 de marzo de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto cincuenta y un acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2024\26