Acuerdo de 5 de febrero de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias de los distritos
Versión
Texto inicial publicado el 09/02/2026
Identificador
ANM 2026\171
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
05/02/2026
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 09/02/2026 núm. 10061 pág. 16-17.
Acuerdo de 5 de febrero de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias de los distritos
El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se estableció la organización y competencias de los distritos.
El presente acuerdo tiene por objeto modificar dicho acuerdo para adaptar las competencias de los órganos de los distritos a la recientemente aprobada Ordenanza 7/2025, de 25 de noviembre, de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, y al Decreto de 28 de enero de 2026 del Alcalde, por el que se crea la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración y se regula su composición y funcionamiento.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de febrero de 2026
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos, en los términos que se indican a continuación:
Uno.- En el apartado 3.º, se añade un nuevo punto 1.6, que queda redactado en los siguientes términos:
"1.6. Aprobar la relación de emplazamientos de quioscos de hostelería y restauración, de temporada y permanentes".
Dos.- En el apartado 4.º, se modifican las letras d) y e) del punto 6.2, que quedan redactadas en los siguientes términos:
"d) Autorizar el uso por los particulares de las vías y espacios libres públicos municipales para instalar en ellos quioscos, terrazas de hostelería y restauración, puestos u otros elementos similares para el ejercicio de cualquier actividad que no suponga un uso común general de estos espacios.
e) Otorgar las autorizaciones de terrazas de hostelería y restauración en terrenos de titularidad privada y uso público".
Tres.- En el apartado 5.º, se modifica el punto 7.3, que queda redactado en los siguientes términos:
"7.3. Ejercer la potestad sancionadora por infracción de lo preceptuado en la Ordenanza 7/2025, de 25 de noviembre, de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración.
En particular, respecto de las instalaciones reguladas en dicha ordenanza corresponderá a las coordinaciones de los distritos la sanción de las infracciones tipificadas en el artículo 38 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, a excepción de aquellas infracciones cuya sanción se encuentre atribuida al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad o al Organismo Autónomo Madrid Salud".
Cuatro.- El apartado 6.º queda redactado en los siguientes términos:
"6.º Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración.
Corresponde a la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración:
a) Emitir dictamen preceptivo en los casos de excepcionalidad previstos en el artículo 65 de la Ordenanza 7/2025, de 25 de noviembre, de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración.
b) Tramitar y aprobar, a propuesta de los concejales presidentes u otros órganos superiores, los acuerdos de delimitación de zonas saturadas y de los estudios de ordenación conjunta de terrazas.
c) Coordinar las actuaciones para el desarrollo de la aplicación de la Ordenanza 7/2025, de 25 de noviembre, de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, así como fijar los criterios interpretativos que puedan plantearse en este ámbito.
d) Ejercer las demás funciones previstas en la Ordenanza 7/2025, de 25 de noviembre, de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, y en el Decreto de 28 de enero de 2026 del Alcalde, por el que se crea la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración y se regula su composición y funcionamiento".
SEGUNDO.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente acuerdo por órganos distintos de los competentes según este, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
CUARTO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
QUINTO.- Se faculta a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
SEXTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
SÉPTIMO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica apartados 4.º 6.2 d) y e), 5.º 7.3 y 6.º; y añade apartado 3.º 1.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos. ANM 2026\173