Modificación de 27 de octubre de 2005 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital, de 30 de noviembre de 1998
Versión
Texto inicial publicado el 22/12/2005
Identificador
ANM 2005\93
Tipo de disposición
Ordenanzas fiscales
Fecha de disposición
27/10/2005
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 23/02/2006 núm. 5692 pág. 610.
- BO. Comunidad de Madrid 22/12/2005 núm. 304 (suplemento, fascículo I) pág. 82-84.
Modificación de 27 de octubre de 2005 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital, de 30 de noviembre de 1998
"CAPITULO I
Hecho imponible
Artículo 3.
Quedan excluidos de la limitación de la duración del estacionamiento y no sujetos al pago de la tasa los vehículos siguientes:
1. (Mismo texto).
2. Los estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad.
3. Los auto-taxi, que estén en servicio y su conductor esté presente, y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.
4. (Mismo texto).
5. (Mismo texto).
6. Los destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
7. (Mismo texto).
8. Los de propiedad de los empleados públicos municipales, cuando el estacionamiento se produzca en el ejercicio de sus funciones públicas, y siempre que se exhiba la correspondiente autorización expedida por el Ayuntamiento de Madrid, en los términos que en la misma se establezcan".
"CAPITULO IV
Bases, cuotas y tarifas
Artículo 6.
1. (Mismo texto).
PLAZAS AZULES
Euros
- Estacionamiento de un vehículo hasta veinte minutos (tarifa mínima).
0,25
- Estacionamiento de un vehículo por media hora.
0,40
- Estacionamiento de un vehículo por una hora.
1,00
- Estacionamiento de un vehículo por hora y media.
1,55
- Estacionamiento de un vehículo por dos horas.
2,55
- Estacionamiento de un vehículo por dos horas y media.
3,55
- Estacionamiento de un vehículo por tres horas.
4,60
- Estacionamiento de un vehículo por tres horas y media.
5,70
- Estacionamiento de un vehículo por cuatro horas.
6,85
(Mismo texto).
PLAZAS VERDES
Euros
- Estacionamiento de un vehículo hasta veinte minutos (tarifa mínima).
0,50
- Estacionamiento de un vehículo por media hora.
0,90
- Estacionamiento de un vehículo por una hora.
1,80
(Mismo texto).
- Distintivos de residentes primer trimestre natural.
6,15 - Distintivo de residentes anual.
24,60 - Distintivo de residentes mensual.
2,05 2. (Mismo texto).
3. Tanto en las plazas verdes como en las azules, el suplemento a que se refiere el artículo 63, último párrafo, de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid, por el exceso de hasta una hora sobre el tiempo autorizado en el ticket, será de 3 euros, sin posibilidad de fraccionamiento.
PLAZAS AZULES
IMPORTE
(En euros)
TIEMPO
(En minutos)
0,25
20
0,30
24
0,35
27
0,40
30
0,45
33
0,50
36
0,55
39
0,60
41
0,65
44
0,70
46
0,75
49
0,80
51
0,85
53
0,90
56
0,95
58
1,00
60
1,05
63
1,10
66
1,15
68
1,20
71
1,25
74
1,30
77
1,35
79
1,40
82
1,45
85
1,50
87
1,55
90
1,60
92
1,65
93
1,70
95
1,75
97
1,80
98
1,85
100
1,90
101
1,95
103
2,00
105
2,05
106
2,10
107
2,15
109
2,20
110
2,25
112
2,30
113
2,35
115
2,40
116
2,45
117
2,50
119
2,55
120
2,60
122
2,65
123
2,70
125
2,75
126
2,80
128
2,85
130
2,90
131
2,95
133
3,00
134
3,05
136
3,10
137
3,15
139
3,20
140
3,25
142
3,30
143
3,35
145
3,40
146
3,45
147
3,50
149
3,55
150
3,60
152
3,65
153
3,70
155
3,75
156
3,80
158
3,85
159
3,90
160
3,95
162
4,00
163
4,05
165
4,10
166
4,15
168
4,20
169
4,25
171
4,30
172
4,35
173
4,40
175
4,45
176
4,50
177
4,55
179
4,60
180
4,65
181
4,70
183
4,75
184
4,80
186
4,85
187
4,90
188
4,95
190
5,00
191
5,05
193
5,10
194
5,15
195
5,20
197
5,25
198
5,30
199
5,35
201
5,40
202
5,45
203
5,50
205
5,55
206
5,60
207
5,65
209
5,70
210
5,75
211
5,80
213
5,85
214
5,90
215
5,95
217
6,00
218
6,05
219
6,10
221
6,15
222
6,20
223
6,25
225
6,30
226
6,35
227
6,40
229
6,45
230
6,50
231
6,55
232
6,60
234
6,65
235
6,70
236
6,75
237
6,80
239
6,85
240
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica artículos 3, 6.1 y 3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital, de 30 de noviembre de 1998. ANM 2025\85