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Decretos de Concejal

Decreto de 25 de marzo de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se modifica la periodicidad de la edición del Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid

Disposición no vigente

Versión

Última actualización publicada el 14/11/2023

Identificador

ANM 2023\85

Tipo de disposición

Decretos de Concejal

Fecha de disposición

25/03/2009

Decreto de 25 de marzo de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se modifica la periodicidad de la edición del Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid

El 26 de julio de 2006 se aprobó por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el Reglamento del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, estableciendo para su publicación la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, con el fin de facilitar la consulta y el acceso a su contenido, garantizando así, el acceso universal y gratuito a las publicaciones que integran el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

La implantación del boletín electrónico ha supuesto una serie de ventajas, entre las que destaca la agilización de la publicación de las disposiciones y actos de la actividad municipal. Este novedoso procedimiento facilitó que se duplicara el número de ediciones semanales del "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", en virtud del Decreto de 13 de marzo de 2008 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, aumentando de una a dos las ediciones semanales.

La consolidación del formato electrónico en la edición del "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", permite incrementar el actual número de ediciones semanales de esta publicación.

El Acuerdo de 8 de febrero de 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se determina la periodicidad del "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" delegó en el titular del área de gobierno al que se encuentre adscrito el mismo la facultad para aumentar el número de ediciones semanales. En su virtud,

DISPONGO

PRIMERO.- Establecer la periodicidad del "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" en cinco ediciones semanales, de lunes a viernes. Se exceptúan, con independencia de la publicación de ediciones especiales, los días declarados festivos en el ámbito municipal, así como los días 24 y 31 de diciembre.

SEGUNDO.- Asimismo en los supuestos en que no existan anuncios para ser incluidos en alguna edición, no se publicará el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

TERCERO.- El presente decreto entrará en vigor el 1 de abril de 2009, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Reglamento 2/2023, de 30 de octubre, del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2023\84
Afecta a
  • Desarrolla artículo 4 del Reglamento del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de julio de 2006. ANM 2023\87

Descargar normativa

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