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Decretos de Concejal

Decreto de 28 de febrero de 2023 de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, por el que se modifica el Decreto de 13 de octubre de 2021, por el que se aprueban las Instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2022 y 2023

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 02/03/2023

Identificador

ANM 2023\14

Tipo de disposición

Decretos de Concejal

Fecha de disposición

28/02/2023

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 02/03/2023 núm. 9.336 pág. 16-17.

Decreto de 28 de febrero de 2023 de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, por el que se modifica el Decreto de 13 de octubre de 2021, por el que se aprueban las Instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2022 y 2023

Por Decreto de 13 de octubre de 2021 de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, se aprobaron las Instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2022 y 2023, que fue modificado mediante Decreto de 2 de diciembre de 2021, en sus anexos III, "Lugares habilitados para la celebración de matrimonios civiles", y IV, "Normas de utilización de los lugares para la celebración de matrimonios civiles"; mediante Decreto de 20 de enero de 2022, en su anexo II, "Calendario celebración matrimonios civiles 2022"; y mediante Decreto de 23 de enero de 2023, en su anexo II, "Calendario celebración matrimonios civiles 2023".

El Defensor del Pueblo formuló el 29 de junio de 2022 una recomendación para que el Ayuntamiento de Madrid adoptase las medidas organizativas y estructurales necesarias para garantizar el ejercicio del derecho a contraer matrimonio de los ciudadanos durante el mes de agosto, teniendo en cuenta que se trata de un mes hábil para la Administración pública. Esta recomendación fue expresamente aceptada por esta concejalía delegada el 20 de julio de 2022.

Para la plena efectividad de la recomendación del Defensor del Pueblo, es preciso proceder a la articulación de las medidas necesarias para ampliar la oferta del servicio de matrimonios civiles durante el mes de agosto, tanto en lo referente a los días habilitados como a los distritos en los que se ofrecen.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.º 2.1 n) del Acuerdo de la Junta de Gobierno, de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, referida a la fijación de los criterios de celebración de matrimonios civiles, a propuesta de la Dirección General de Coordinación Territorial y Desconcentración,

DISPONGO

PRIMERO.- Modificar el Decreto de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana de 13 de octubre de 2021, por el que se aprueban las Instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2022 y 2023, de forma que, dentro del anexo II, "Calendario celebración matrimonios civiles 2023", la tabla "Horarios de celebración durante el mes de agosto" quede redactada en los siguientes términos:

Horarios de celebración durante el mes de agosto

Distrito

De lunes a viernes

Sábado

Centro

11 de agosto de 2023 (segundo viernes)

De 10:00 a 14:00 horas

12 de agosto de 2023 (segundo) De 11:00 a 14:00 horas

Retiro Pabellón

Jardines Cecilio Rodríguez

7 de agosto de 2023 (primer lunes) De 11:30 a 13:00 horas

5 de agosto de 2023 (primero) De 11:00 a 14:00 horas

Chamartín

1 de agosto de 2023 (primer martes) De 11:00 a 14:15 horas

5 de agosto de 2023 (primero) De 11:00 a 14:15 horas

Fuencarral-El Pardo

30 de agosto de 2023 (quinto miércoles)

De 11:00 a 14:00 horas

26 de agosto de 2023 (cuarto) De 11:00 a 14:00 horas

SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efecto desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Descargar normativa

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