Acuerdo de 29 de octubre de 2004 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que declara la Extinción del Organismo Autónomo Instituto Municipal de Deportes
Versión
Texto inicial publicado el 13/01/2005
Identificador
ANM 2005\13
Tipo de disposición
Acuerdos del Pleno
Fecha de disposición
29/10/2004
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 13/01/2005 núm. 5634 pág. 58-59.
Acuerdo de 29 de octubre de 2004 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que declara la Extinción del Organismo Autónomo Instituto Municipal de Deportes
ACUERDO
Modificar, con efectos uno de enero de 2005, y de conformidad con lo previsto en el artículo 123 k) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, la forma de gestión del servicio público deportivo desde su actual forma de gestión directa por organismo autónomo local a la gestión directa por la propia Entidad Local, extinguiéndose con la misma fecha de efectos el organismo autónomo Instituto Municipal de Deportes según lo previsto en el artículo 31 de sus Estatutos y sucediéndole universalmente el Ayuntamiento de Madrid en los derechos y obligaciones contraídas, en cuya virtud:
PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo de 24 de marzo de 1995 por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores en su redacción dada por la Ley 12/2001 de 9 de julio, y en el Acuerdo sobre Régimen y Condiciones de Integración en el Ayuntamiento de Madrid del personal procedente del Instituto Municipal de Deportes suscrito por la Corporación, el Comité de Empresa y las Organizaciones Sindicales del Instituto Municipal de Deportes el 16 de julio de 2004, el Ayuntamiento de Madrid se subrogará con efectos 1 de enero de 2005, en los derechos y obligaciones laborales y de seguridad social del Instituto Municipal de Deportes, así como en cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiera adquirido, integrándose el personal laboral del extinto Instituto Municipal de Deportes con contrato en vigor a la fecha de extinción, en la plantilla del Ayuntamiento de Madrid.
En consecuencia, el personal se integra en la plantilla municipal en los términos que resulten de la naturaleza o modalidad de sus respectivos contratos, manteniendo la categoría profesional determinada en su contrato así como su actual régimen retributivo.
Se adjunta al presente acuerdo y como parte esencial del mismo el Acuerdo sobre Régimen y Condiciones de la Integración en el Ayuntamiento de Madrid del personal procedente del Instituto Municipal de Deportes suscrito por la Corporación, el Comité de Empresa y las Organizaciones Sindicales del Instituto Municipal de Deportes el 16 de julio de 2004 (anexo I).
SEGUNDO.- El personal laboral del extinto Instituto Municipal de Deportes que prestaba servicios en las distintas instalaciones deportivas municipales quedará adscrito a la plantilla de la junta municipal de distrito que corresponda según la ubicación de la instalación deportiva.
El personal laboral del extinto Instituto Municipal de Deportes que prestaba servicios en las oficinas centrales quedará adscrito a los diferentes servicios municipales.
Se adjunta al presente acuerdo como anexo II y parte esencial del mismo relación del personal laboral que presta servicios en el Instituto Municipal de Deportes en cada una de las instalaciones deportivas y Oficinas Centrales, especificándose los datos relativos a nombre, apellidos y DNI del trabajador, instalación deportiva donde presta servicios, nuevo destino municipal, código y denominación del puesto de trabajo, jornada, turno, categoría contractual, tipo de contrato y dotación del puesto. Se comprende en el anexo II relación de personal interino y eventual que temporalmente presta servicios de suplencia en plazas a las que están adscritos personal laboral fijo que no desempeñan actualmente servicios.
Los datos reflejados en el anexo II se corresponden con la situación del personal y los puestos de trabajo a fecha 3 de octubre de 2004. El acuerdo de integración afectará únicamente al personal con contrato en vigor a la fecha de extinción del Instituto Municipal de Deportes.
Se adjunta al presente acuerdo y como parte esencial del mismo la relación del personal del Instituto que se encuentre en excedencia o servicios especiales, con indicación de su modalidad de contrato, categoría profesional, fecha de concesión de dichas situaciones, puesto que venían ocupando y jornada de trabajo (anexo III).
TERCERO.- A tales efectos se crearán en la plantilla del Ayuntamiento de Madrid con efectos 1 de enero de 2005 los puestos de trabajo correspondientes al personal que viene prestando servicios en el Instituto Municipal de Deportes, en cuya relación deberán quedar comprendidos aquellos puestos actualmente reservados al personal del Instituto que se encuentre en situación de excedencia con reserva de puesto de trabajo, los puestos que integran la plantilla de verano, y las vacantes dotadas.
En la relación de puestos de trabajo se indicará su denominación, modalidad de contrato, retribuciones anuales y adscripción orgánica.
CUARTO.- En virtud del Acuerdo sobre Régimen y Condiciones de la Integración en el Ayuntamiento de Madrid del personal procedente del Instituto Municipal de Deportes suscrito por la Corporación, el Comité de Empresa y las Organizaciones Sindicales del Instituto Municipal de Deportes el 16 de julio de 2004, el personal integrado en la plantilla municipal en virtud del presente acuerdo gozará de todos los derechos que las normas aplicables les reconozcan, incluyendo la garantía de estabilidad en el empleo en las mismas condiciones laborales en que se encontraban en el Instituto Municipal de Deportes, quedando acogidos al convenio colectivo que en el momento de la subrogación fuera de aplicación a dicho instituto, aplicación que se mantendrá hasta la fecha de entrada en vigor de un nuevo convenio colectivo.
En consecuencia las condiciones laborales de los trabajadores del extinto Instituto Municipal de Deportes integrados en la plantilla del Ayuntamiento de Madrid serán las actualmente reguladas por el vigente convenio colectivo y los diversos acuerdos suscritos entre el comité de empresa y la dirección del Instituto especialmente en materia de calendario laboral, jornada de trabajo, horarios, movilidad, sistema retributivo.
Se adjunta al presente acuerdo y como parte esencial del mismo el convenio colectivo vigente y los diversos acuerdos de aplicación (anexo IV).
QUINTO.- El personal que desempeñe funciones de categoría superior a la que figure en su relación contractual tendrán derecho a percibir las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo que efectivamente desempeñen hasta la cobertura definitiva del puesto de trabajo ocupado.
Se adjunta al presente acuerdo y como parte esencial del mismo relación del personal que desempeña funciones de superior categoría con especificación del puesto que ocupan y de la categoría profesional que figura en su relación contractual (anexo V).
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Deja sin efecto Estatutos del Organismo Autónomo Instituto Municipal de Deportes, de 27 junio 1996. ANM 1996\4
- Deja sin efecto Acuerdo de 22 de diciembre de 1999 del Pleno, sobre adscripción de bienes muebles al Instituto Municipal de Deportes. B.O. Ayuntamiento de Madrid 3/02/2000 núm. 53276 pág. 215.
- Deja sin efecto Acuerdo de 30 de abril de 1999 del Pleno, sobre adscripción de bienes muebles al Instituto Municipal de Deportes. B.O. Ayuntamiento de Madrid 03/06/1999 núm. 5352.