Modificación de 28 de junio de 2017 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Suministros, de 8 de octubre de 1998
Versión
Texto inicial publicado el 30/06/2017
Identificador
ANM 2017\148
Tipo de disposición
Ordenanzas fiscales
Fecha de disposición
28/06/2017
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 30/06/2017 núm. 7938 pág. 8-9.
- BO. Comunidad de Madrid 30/06/2017 núm. 154 pág. 120.
Modificación de 28 de junio de 2017 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Suministros, de 8 de octubre de 1998
Artículo único. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo. Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Suministros.
La Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Suministros queda modificada como sigue:
Se modifica el artículo 3, que queda redactado del siguiente modo:
"Artículo 3.
1. Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, titulares de las empresas explotadoras de servicios de suministros, con independencia del carácter público o privado de las mismas, tanto si son titulares de las correspondientes redes a través de las cuales se efectúen los suministros como si, no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o interconexión de las mismas.
2. A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.
3. Se excepcionan del régimen señalado los servicios de telecomunicaciones".
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica artículo 3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Suministros, de 8 de octubre de 1998. ANM 2023\137