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Instrucciones

Acuerdo de 26 de abril de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se faculta a la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública para dictar instrucciones en relación con las medidas de contención del gasto en el ámbito de la contratación municipal

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 27/04/2012

Identificador

ANM 2012\35

Tipo de disposición

Instrucciones

Fecha de disposición

26/04/2012

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 27/04/2012 núm. 6664 pág. 7.

Acuerdo de 26 de abril de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se faculta a la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración pública para dictar instrucciones en relación con las medidas de contención del gasto en el ámbito de la contratación municipal

El Gobierno de la Nación, ante la grave situación de crisis económica, que ha motivado entre otros efectos negativos un retraso acumulado en el pago de las obligaciones contraídas por las entidades locales con sus proveedores, con la consiguiente incidencia negativa en la liquidez de las empresas, habilitó mediante Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, las condiciones necesarias para permitir la cancelación por las entidades locales de sus obligaciones pendientes de pago.

Esta actuación se ha visto completada por la creación mediante Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, del Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, como un instrumento necesario para permitir la obtención de recursos financieros suficientes para la financiación de las operaciones de endeudamiento que puedan concertarse para el pago de las obligaciones pendientes.

El Ayuntamiento de Madrid se ha acogido a este mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores, presentando dentro de la fecha límite de 15 de marzo de 2012, la relación certificada de todas sus obligaciones pendientes de pago que reúnen los requisitos establecidos en el citado Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero.

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por Acuerdo adoptado el 28 de marzo de 2012, aprobó el Plan de Ajuste para los ejercicios 2012-2022, necesario para acogerse a este mecanismo de financiación que, en última instancia, posibilitará la concertación de las operaciones de crédito mencionadas en el Real Decreto-ley y que exige un compromiso riguroso en el cumplimiento de las medidas adoptadas en el Plan.

El Plan de Ajuste aprobado, contempla diferentes medidas para la reducción del gasto, entre las que se encuentra la aprobación de instrucciones para que en los procedimientos de contratación se valore de forma sustancial la mejor oferta económica y se maximice la competencia en las licitaciones.

Asimismo, en el marco del principio de contención del gasto y reducción del déficit público que afecta a todas las Administraciones Públicas, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid adoptó diversas medidas mediante Acuerdos de 19 y de 26 de enero de 2012, dirigidas a conseguir un control estricto en la ejecución de los créditos de gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2012 y de mantenimiento del equilibrio previsto en el Plan Económico Financiero 2012-2016.

En este ámbito, la contratación pública adquiere un papel relevante para alcanzar este objetivo de ahorro, por el elevado volumen de gasto que representa respecto al total del gasto público, por lo que se considera conveniente adoptar medidas específicas en relación con la contratación que puedan contribuir, junto con las medidas previstas en el Plan de Ajuste 2012-2022 adoptado por el Ayuntamiento de Madrid, a una contención del gasto y a conseguir mayores ahorros en el gasto público a través de una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios, asegurando la máxima rentabilidad de las inversiones, mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.

Al objeto de identificar adecuadamente dichas medidas y establecer criterios homogéneos de actuación entre los diferentes órganos de contratación, se considera conveniente la elaboración y aprobación de unas instrucciones en relación con la aplicación de medidas de contención del gasto en el ámbito de la contratación pública municipal, de obligado cumplimiento para los diferentes centros gestores del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, así como a las diferentes empresas dependientes del Ayuntamiento de Madrid.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 párrafos b) y e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 26 de abril de 2012,

ACUERDA

PRIMERO.- Facultar a la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración pública para la adopción de las instrucciones que en materia de contratación se recogen en el Plan de Ajuste del Ayuntamiento de Madrid para el periodo 2012-2022, así como para dictar instrucciones en relación con la aplicación de medidas de contención del gasto en el ámbito de la contratación municipal, que permitan obtener mayores ahorros y una mejora en la eficiencia de la adjudicación de los contratos.

SEGUNDO.- Dichas instrucciones serán de obligado cumplimiento para los órganos de contratación del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, así como para las empresas dependientes del Ayuntamiento de Madrid.

TERCERO.- Facultar a la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración pública para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de las instrucciones que se dicten en virtud de este Acuerdo, así como para adoptar cuantas disposiciones y medidas sean necesarias para alcanzar el objetivo de estabilidad presupuestaria y de contención del gasto en el ámbito de la contratación.

CUARTO.- Este Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 1 de julio de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto noventa acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2021\22

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