Acuerdo de 28 de abril de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para la redacción del proyecto, dirección facultativa, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución de un contrato de obras en la vía pública en el marco del Plan de Barrio Virgen de Begoña y se delega en el Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 04/05/2016
Identificador
ANM 2016\137
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
28/04/2016
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 04/05/2016 núm. 7652 pág. 3-4.
Acuerdo de 28 de abril de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para la redacción del proyecto, dirección facultativa, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución de un contrato de obras en la vía pública en el marco del Plan de Barrio Virgen de Begoña y se delega en el Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo
El Ayuntamiento de Madrid y la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid, con fecha 18 de febrero de 2013, firmaron el protocolo de intenciones en materia de planes de barrio, a desarrollar entre los años 2013 a 2016. Entre los barrios incluidos en dicho protocolo se encuentra el barrio de Virgen de Begoña. En las previsiones de actuación de los planes de barrio se encuentra el desarrollo de actividades de cohesión social y de reequilibrio territorial, basándose en el principio constitucional de solidaridad, a través de un proceso de concertación con el movimiento vecinal.
En el citado protocolo, el Ayuntamiento de Madrid se comprometió a llevar a cabo las actuaciones de competencia municipal recogidas en los Planes de Barrio.
La ejecución de estas actuaciones se ha concertado y planificado en coordinación con la asociación de vecinos Virgen de Begoña, realizándose un seguimiento de las mismas a través de la Subcomisión de seguimiento de Plan de Barrio que, mediante reuniones periódicas, evalúan el contenido de las actividades y la repercusión que tienen en los vecinos.
En el marco de las reuniones de seguimiento, se ha detectado que la situación urbanística del barrio requiere de actuación municipal, puesto que la construcción de los edificios durante los años sesenta se llevó a cabo en distintas fases, que no fue acompañada de un tratamiento ordenado de los espacios libres existentes entre los bloques de vivienda. Además, la orografía del barrio presenta distintos desniveles que fueron solucionados mediante la construcción de plataformas intercomunicadas por escaleras. Se ha puesto de manifiesto que esta configuración del barrio dificulta los cauces para fomentar la interrelación de los vecinos y la intercomunicación entre los equipamientos y servicios existentes en el barrio.
A lo largo del período de ejecución del Plan de Barrio se han ido recibiendo sugerencias y aportaciones vecinales, que se han plasmado en un borrador de actuaciones que tiene como objetivo fundamental mejorar las zonas estanciales interbloques, recuperándolas para el uso vecinal, así como implantar un eje de comunicación accesible que facilite el acceso al transporte público y que conecte las distintas zonas, equipamientos y servicios del barrio, especialmente los centros de salud y de mayores, mejorando la movilidad de los vecinos, y que se concreta en la supresión de barreras arquitectónicas y en la creación de itinerarios peatonales adaptados. Este borrador se sometió a consideración de la Subcomisión de seguimiento de Plan de Barrio, valorándose positivamente.
Asimismo, se ha incluido en la sección presupuestaria del Distrito de Fuencarral-El Pardo correspondiente al Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2016 la dotación presupuestaria necesaria para llevar a cabo estas actuaciones.
La competencia para realizar tales actuaciones corresponde a la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, de conformidad con lo previsto en el apartado 10.1.2 f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.
No obstante, existen razones técnicas y sociales que aconsejan que, de forma puntual, la redacción del proyecto, dirección facultativa, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución del contrato de obras, necesario para comprender las actuaciones propuestas, pueda impulsarse desde el Distrito de Fuencarral-El Pardo. Dichas razones se derivan de la inclusión de las actuaciones en el marco del Plan de Barrio Virgen de Begoña, cuyo seguimiento y control se realizará a través de sus órganos de supervisión, siendo objeto de concertación con la Asociación de Vecinos, de modo que se daría una respuesta concreta y adecuada a las demandas vecinales, fruto del consenso y de la participación ciudadana, y en aras de favorecer el reequilibrio social y territorial en dicho barrio.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avoque la competencia relativa a la redacción del proyecto, dirección facultativa, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución de un contrato de obras de adecuación y reforma de las vías y espacios públicos previsto en el estudio realizado por los servicios tgécnicos del Distrito de Fuencarral-El Pardo, para el Plan de Barrio Virgen de Begoña. Dicha competencia ha sido previamente delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, de conformidad con lo previsto en el apartado 10.1.2 f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible y, tras su avocación, debe ser posteriormente delegada en el Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo.
Las competencias en materia de contratación y gasto que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Asociaciones y del titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, que eleva la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo en su calidad de Primera Teniente de Alcalde y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 28 de abril de 2016,
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible en el apartado 10.1.2 f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, única y exclusivamente en lo relativo a la redacción del proyecto, dirección facultativa, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución de un contrato de obras de adecuación y reforma de las vías y espacios públicos previsto en el estudio realizado por los Servicios Técnicos del Distrito de Fuencarral-el Pardo, para el Plan de Barrio Virgen de Begoña.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Queda sin efecto por el Acuerdo de 1 de julio de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto noventa acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2021\22