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Acuerdos del Pleno

Acuerdo de 23 de diciembre de 2004 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la disolución de la Gerencia Municipal de Urbanismo

Versión

Texto inicial publicado el 24/02/2005

Identificador

ANM 2004\78

Tipo de disposición

Acuerdos del Pleno

Fecha de disposición

23/12/2004

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 24/02/2005 núm. 5640 pág. 766-767.

Acuerdo de 23 de diciembre de 2004 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la disolución de la Gerencia Municipal de Urbanismo

Aprobar, con efectos uno de enero de 2005, la disolución de la Gerencia Municipal de Urbanismo, constituida como modalidad de gestión directa de servicios para la gestión urbanística en el término municipal de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 123 k) de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 81.2 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Madrid aprobado el 31 de mayo de 2004, sucediéndole universalmente el Ayuntamiento de Madrid en todos los derechos y obligaciones contraídos, en cuya virtud:

PRIMERO.- Queda derogado el Reglamento de Régimen Interior de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

SEGUNDO.- Las funciones y competencias hasta ahora atribuidas por dicho Reglamento a la Gerencia Municipal de Urbanismo, serán asumidas por el Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras que las ejercerá por delegación del Alcalde o, en su caso, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. 

A tal efecto, con fecha 1 de enero de 2005, entrará en vigor el decreto del alcalde por el que se establezca la nueva organización, estructura y competencias de esta área de gobierno. 

Igualmente y con esa misma fecha entrará en vigor el oportuno acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. 

TERCERO.-  El personal que presta sus servicios en la Gerencia Municipal de Urbanismo quedará adscrito, sin variación en los derechos y obligaciones que actualmente ostenta como personal del Ayuntamiento de Madrid, al Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras, bajo la dependencia funcional de los órganos y unidades administrativas que, hasta nivel de Departamento, se establezcan en el citado decreto del alcalde, ello sin perjuicio de la posterior adecuación por el órgano competente, de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo a la nueva estructura orgánica. 

CUARTO.- Con la disolución de la Gerencia Municipal de Urbanismo cesa la titularidad fiduciaria que la misma ostentaba sobre el patrimonio municipal del suelo. La gestión de dicho patrimonio corresponderá al Ayuntamiento de Madrid, titular dominical del mismo, y será asumida, en virtud de delegación de la Junta de Gobierno, por el Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras, todo ello sin perjuicio de que éste mantenga su carácter de patrimonio separado del restante patrimonio municipal, de acuerdo con la legislación aplicable. 

QUINTO.- Se transmiten al Ayuntamiento de Madrid todos los bienes que integran el patrimonio propio de la Gerencia Municipal de Urbanismo. 

Igualmente, el Ayuntamiento de Madrid queda subrogado en todos los derechos y obligaciones contraídos por la Gerencia Municipal de Urbanismo. 

A tal fin, con efectos de 31 de Diciembre de 2004 y en los plazos reglamentariamente establecidos se procederá a realizar, por los servicios correspondientes, las actuaciones siguientes que se elevaran a la aprobación del órgano competente: 

- Liquidación del Presupuesto 2004. 

- La Cuenta General. 

La citada Cuenta General reflejará el Activo y el Pasivo de la Gerencia Municipal de Urbanismo de acuerdo con el Balance de Situación y la Cuenta de Resultados. Además la Cuenta General contendrá los derechos a cobrar y las obligaciones a pagar de presupuestos cerrados, así como los compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros y el Estado de Tesorería. Asimismo, se unirá la siguiente documentación: gastos con financiación afectada, el Remanente de Tesorería, la situación de Operaciones no Presupuestarias de Tesorería y la situación de valores. 

Igualmente se procederá a transferir los saldos de Tesorería a la cuenta bancaria del Ayuntamiento que se determine.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Deroga Reglamento de Régimen Interior de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de 29 septiembre 1999. ANM 2005\77

Descargar normativa

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