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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 11 de abril de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

Versión

Texto inicial publicado el 15/04/2024

Identificador

ANM 2024\33

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

11/04/2024

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 15/04/2024 núm. 9612 pág. 28-30.

Acuerdo de 11 de abril de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno. 

Mediante Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. 

El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, atribuyendo a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes la adquisición y gestión del mobiliario urbano, los equipamientos de las áreas infantiles, de mayores, caninas y de los circuitos deportivos elementales en aquellas zonas verdes y viveros que presentan una gestión diferenciada por su tamaño o circunstancias especiales y que se relacionan en el nuevo anexo IV. Se trata de zonas verdes que requieren una gestión propia e integral en todos sus elementos, tanto los puramente medioambientales (riego, conservación, limpieza, etc.) como en aquellas instalaciones complementarias que mejoran los servicios de esparcimiento de la zona verde, tales como áreas infantiles, de mayores, caninas y circuitos deportivos elementales, que deben integrase y administrarse con una perspectiva única y dentro de la gestión integral cada zona verde. 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 11 de abril de 2024, 

ACUERDA 

PRIMERO.Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, en los términos que se indican a continuación: 

Uno.- En el apartado 19.º, se añade un nueva letra k) al punto 1.4, que queda redactada en los siguientes términos: 

"k) Adquirir, instalar, limpiar, conservar, mantener y reparar el mobiliario urbano, los equipamientos de las áreas infantiles, de mayores, caninas y de los circuitos deportivos elementales en las zonas verdes y viveros relacionados en el anexo IV". 

Dos.- En el apartado 20.º, se modifican las letras b) y c) del punto 1.2, que quedan redactadas en los siguientes términos: 

"b) Limpiar, conservar, mantener y reparar el mobiliario urbano, los equipamientos de las áreas infantiles, de mayores y de los circuitos deportivos elementales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes y a los distritos. 

c) Adquirir e instalar el mobiliario urbano y equipamientos en colaboración con la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras y el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, excepto la adquisición e instalación de elementos de señalización de polígonos industriales MU-215 y MU-216, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes y a los distritos". 

Tres.- Se añade un nuevo anexo IV, que queda redactado en los siguientes términos: 

ANEXO IV 

ZONA VERDE

Jardines del Buen Retiro

Parque del Oeste (incluye los Jardines del Templo de Debod y los Jardines de Príncipe Pío)

Quinta de los Molinos

Jardín "El Capricho" de la Alameda de Osuna

Quinta de la Fuente del Berro

Parque de la Dehesa de la Villa

Parque Juan Pablo II

Parque Juan Carlos I

Árboles de Aire

Parque de la Gavia

Parque de la Atalayuela

Distrito C Las Tablas

Madrid-Río

Aniceto Marinas

Palacio de Cristal de la Arganzuela y Centro de interpretación

Parcela Calderón Bulevar de Mahou

Jardines de la Plaza de Oriente

Jardines de Sabatini

Parque Lineal del Manzanares

Cuña Verde de O´Donnell, Fuente Carrantona y Cuña Norte O'Donnell

Parque Forestal de Valdebebas-Felipe VI (incluye el Parque Forestal, el Parque Princesa Leonor, la Montaña vertedero, la Fachada Aeropuerto, el Arroyo de Valdebebas y las Zonas Periféricas y parcela vivero)

Parque Lineal del Manzanares Sur

Anillo Verde Villaverde, Campo de las Naciones y Zona forestal de Butarque (Zonas forestales del Bosque Metropolitano)

Parque de las Comunidades (Mercamadrid)

Casa de Campo

Área Forestal de Tres Cantos

Vivero de Estufas del Retiro, Vivero de Casa de Campo y Vivero Migas Calientes

Rosaleda de Madrid, situada en el Parque del Oeste

SEGUNDO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo. 

TERCERO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo. 

CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo. 

QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid". 

SEXTO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

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