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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 5 de septiembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifican los Acuerdos de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y de los distritos

Versión

Texto inicial publicado el 10/09/2024

Identificador

ANM 2024\94

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

05/09/2024

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 10/09/2024 núm. 9713 pág. 11-14.

Acuerdo de 5 de septiembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifican los Acuerdos de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y de los distritos

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno. 

Mediante Acuerdos de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se ha establecido la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y de los Distritos. 

El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquellos, por una parte, por necesidades organizativas del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte con el fin de adecuar su estructura a las prioridades en el ámbito cultural y simplificar las denominaciones de las subdirecciones generales del ámbito de deporte para mayor claridad. Y por otra parte, para residenciar en el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte las competencias en materia de publicidad que tienen incidencia directa en la calidad y protección del paisaje urbano, todo ello en aras a lograr en este ámbito una gestión más eficaz y eficiente, con unos criterios homogéneos. 

Por su parte, se elimina la competencia de la Agencia de Actividades para tramitar y resolver los títulos habilitantes para actividades experimentales en espacios privados y para inspeccionar, controlar y vigilar las actuaciones de publicidad exterior. Junto a ello, se eliminan las competencias en materia de publicidad exterior atribuidas a la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras, del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. 

Todas estas competencias son atribuidas a la Dirección General de Patrimonio Cultural, del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, que pasa a denominarse Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano, con el fin de reflejar de forma correcta sus competencias, al ser esta dirección general el órgano competente en materia de intervención en el paisaje urbano. Además, se adscribe la Subdirección General de Regeneración del Espacio Público del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos a la citada dirección general, para realizar las funciones correspondientes a las nuevas competencias que asume esa dirección general en materia de publicidad exterior con la nueva denominación de Subdirección General de Publicidad e Identificación Exterior. 

Asimismo, se clarifica el alcance y contenido de las competencias en materia de publicidad exterior asumidas por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano, así como de las que corresponden a los distritos. 

Finalmente, se mejora la redacción de las competencias de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras en materia de normalización de la urbanización, para clarificar que la competencia para homologar y proponer la normalización del mobiliario urbano se extiende tanto al municipal como al no municipal, y que la actualización de los catálogos se refiere a la materia competencia de dicha dirección general. 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de septiembre de 2024

ACUERDA 

PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación: 

Uno.- En el apartado 1.º, se modifican los puntos 1.3 y 4.1, que quedan redactados en los siguientes términos: 

"1.3. Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano. 

1.3.1. Subdirección General de Patrimonio Cultural.

1.3.2. Subdirección General de Paisaje Urbano y Arte Público.

1.3.3. Subdirección General de Publicidad e Identificación Exterior". 

"4.1. Dirección General de Deporte. 

4.1.1. Subdirección General de Promoción del Deporte.

4.1.2. Subdirección General de Infraestructuras y Equipamientos Deportivos.

4.1.3. Subdirección General de Gestión Deportiva". 

Dos.- En el apartado 5.º, se añaden los nuevos puntos 10.2 y 12.3, que quedan redactados en los siguientes términos: 

"10.2. Inmuebles municipales. 

a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al Área de Gobierno.

b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos al Área de Gobierno". 

"12.3. Dirigir y gestionar las instalaciones del Centro de Cultura Contemporánea Cuartel de Conde Duque." 

Tres.- En el apartado 7.º, se suprime la letra b) del punto 1.3, que queda sin contenido. 

Cuatro.- En el apartado 9.º, se modifica su enunciado, se suprimen las letras a) y b) del punto 2.1, que quedan sin contenido, y se añade un nuevo punto 1.5, que quedan redactados en los siguientes términos: 

"9.º Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano". 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica apartado 4.º 6.2 f) y g) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos. ANM 2024\130
  • Modifica apartados 1.º 1.4 y 10.º 1.3 e) y f); y suprimido apartado 10.º 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. ANM 2024\97
  • Modifica apartados 1.º 1.3 y 4.1, título del apartado 9.º del índice y título del apartado 9.º; añadidos apartados 5.º 10.2 y 12.3, y 9.º 1.5; y suprimidos apartados 7.º 1.3 b) y 9.º 2.1 a) y b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. ANM 2024\95

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