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Decretos de Concejal

Decreto de 3 de noviembre de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se aprueba la adaptación del contenido y terminología de los Anexos del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid a la Ley 34/2010, de 5 de agosto, que modifica la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2010\59

Tipo de disposición

Decretos de Concejal

Fecha de disposición

03/11/2010

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 18/11/2010 núm. 6313 pág. 5-17.

Decreto de 3 de noviembre de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se aprueba la adaptación del contenido y terminología de los Anexos del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid a la Ley 34/2010, de 5 de agosto, que modifica la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

La entrada en vigor de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras, requiere la necesaria adaptación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid aprobado por Acuerdo del Pleno de 27 de enero de 2005, a la nueva regulación legal.

No obstante, y en tanto el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en el que se regula el contenido de las comunicaciones al registro de contratos del sector público y, las especificaciones y requisitos de sincronización de datos entre los registros de las distintas Administraciones Públicas, no se adecue a las modificaciones introducidas por la Ley 34/2010, de 5 de agosto, en la Ley de Contratos del Sector Público, no procede una modificación de los elementos esenciales del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid, mediante una alteración del contenido normativo del mismo, sino únicamente una modificación de carácter estrictamente formal, para adecuar los conceptos y terminología de las correspondientes fichas contenidas en los Anexos del mismo, a los establecidos en la modificación que la Ley 34/2010 realiza de la Ley de Contratos del Sector Público.

Se hace necesario por tanto, adaptar de forma urgente, el contenido y la terminología empleada en la redacción de los Anexos del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid, para así adecuarlos a la modificación normativa, sin perjuicio de que una vez aprobado el Reglamento de desarrollo de la Ley de Contratos del Sector Público, el Ayuntamiento de Madrid apruebe un nuevo Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid, adaptado al Reglamento de desarrollo de la Ley de Contratos del Sector Público.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 18 de junio de 2007, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos se delega, por una parte, en el titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, en materia de coordinación de la contratación, la facultad de "ordenar, dirigir y coordinar la contratación administrativa" y, por otra parte, en la Dirección General de Contratación y Servicios, la competencia, referente a "la ordenación de los procedimientos de contratación administrativa, así como la normalización de los documentos en la materia".

Por otra parte, el propio Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid, en sus artículos 14 y 15, habilita al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública para adoptar "las instrucciones o medidas de carácter general que considere procedentes para la mejora del sistema de contratación en sus aspectos administrativos, técnicos y económico" y para ejercer las competencias relativas a "la coordinación, intercambio de información y establecimiento de relaciones de colaboración del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid con los órganos equivalentes de otras Administraciones Públicas" respectivamente.

Por todo ello, en uso de la facultad atribuida por el artículo primero apartado 3.5.1 a) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio de 2007, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos para ordenar, dirigir y coordinar la contratación administrativa,

DISPONGO

PRIMERO.- Aprobar la adaptación a la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras, del contenido y terminología de los modelos de ficha de contrato y, de los relativos a la ejecución y/o finalización de los contratos administrativos registrados, del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 27 de enero de 2005.

SEGUNDO.- Los nuevos modelos adaptados a la citada modificación de la Ley de Contratos del Sector Público, se incorporan al presente Decreto mediante los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X.

TERCERO.- El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 1 de julio de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto noventa acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2021\22

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