Decreto de 6 de septiembre de 2001 de la Primer Teniente de Alcalde, por el que se modifica la Instrucción 2/1999 sobre la incidencia de la normativa reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas en las licencias municipales de actividades y funcionamiento
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 27/09/2001
Identificador
ANM 2001\72
Tipo de disposición
Decretos de Concejal
Fecha de disposición
06/09/2001
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 27/09/2001 núm. 5462 pág. 3118.
Decreto de 6 de septiembre de 2001 de la Primer Teniente de Alcalde, por el que se modifica la Instrucción 2/1999 sobre la incidencia de la normativa reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas en las licencias municipales de actividades y funcionamiento
Con el fin de unificar los criterios de la actuación administrativa municipal y resolver las dudas interpretativas que planteaban algunos preceptos de la normativa aplicable en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid, se dictó por la Tercera Tenencia de Alcaldía de este Ayuntamiento la Instrucción 2/99, de fecha 12 de marzo de 1999, sobre la incidencia de la normativa reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas en las licencias municipales de actividades y funcionamiento.
La citada normativa autonómica está formada por la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, por el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, que aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones y por la Orden 1562/1998, de 23 de octubre, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.
La aplicación de dicha normativa desde su entrada en vigor y durante el periodo transitorio de adaptación, ha dado lugar al planteamiento de diversas cuestiones por las juntas municipales de distrito, que han sido objeto de pronunciamiento de la Comisión de Seguimiento del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid en su sesión de fecha 23 de mayo de 2001. El acta de los acuerdos adoptados en dicha sesión fue aprobada con fecha 26 de julio de 2001.
Dado que la interpretación contenida en el acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Plan General se separa del criterio establecido en el artículo 1 de la Instrucción 2/99, de 12 de marzo de 1999, es preciso dejarlo sin efecto sin más dilación. Por otra parte la entrada en vigor de la nueva Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid ha supuesto la necesidad de adaptar la normativa municipal en materia de concesión de licencias por lo que no resulta aconsejable, en el momento actual, dictar una nueva Instrucción sobre esta materia hasta que se realice dicha adaptación.
Por todo ello, con el fin de conseguir una uniformidad en la actuación municipal y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Decreto de delegación de competencias del Alcalde Presidente de fecha 29 de mayo de 2000, se acuerda:
Dejar sin efecto el artículo 1 de la Instrucción 2/99, de fecha 12 de marzo de 1999, así como cuantos contradigan lo dispuesto en el acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Plan General adoptado en su sesión de fecha 23 de mayo de 2001.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Suprime artículo 1 del Decreto de 12 de marzo de 1999 de la Tercer Teniente de Alcalde, por el que se aprueba la Instrucción sobre la incidencia de la normativa reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas en las licencias de actividades y funcionamiento. ANM 2001\122