Resolución de 28 de marzo de 2014 del Director General de Calidad y Atención al Ciudadano por la que se aprueban las Instrucciones relativas a la ampliación de las posibilidades de identificación, autenticación y acceso de los ciudadanos a la administración municipal a través de la sede electrónica así como de las modalidades de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 30/04/2014
Identificador
ANM 2014\13
Tipo de disposición
Instrucciones
Fecha de disposición
28/03/2014
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 30/04/2014 núm. 7158 pág. 7-8.
Resolución de 28 de marzo de 2014 del Director General de Calidad y Atención al Ciudadano por la que se aprueban las Instrucciones relativas a la ampliación de las posibilidades de identificación, autenticación y acceso de los ciudadanos a la administración municipal a través de la sede electrónica así como de las modalidades de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid
La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, contempla entre sus finalidades y principios generales el facilitar el acceso de los ciudadanos por medios electrónicos a la información y al procedimiento administrativo así como el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes ciudadanos, en condiciones de confianza, igualdad, legalidad y proporcionalidad en las garantías y medidas de seguridad, adecuadas a los distintos trámites y actuaciones.
La citada norma configura el concepto de sede electrónica como la dirección electrónica disponible para los ciudadanos, a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración pública en el ejercicio de sus competencias y conlleva la responsabilidad respecto de la integridad y calidad de sus contenidos, la actualización de la información y los servicios así como el compromiso con niveles crecientes de accesibilidad y facilidad de uso.
El Decreto de 1 de septiembre de 2010, del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración pública, por el que se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid determina las condiciones y el régimen de funcionamiento de estos medios de relación electrónica con los ciudadanos.
Transcurridos más de tres años desde esta primera regulación y a la vista de la evolución de los servicios electrónicos, es conveniente incentivar su utilización desarrollando las posibilidades legales de identificación de los ciudadanos, la acreditación de sus actuaciones y la efectividad de las transacciones con la administración pública por medios electrónicos.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, al amparo de lo previsto en los artículos 13.2 c), 16 y 24 de la Ley 11/2007, así como en los artículos 2 y 14 del decreto referido de 1 de septiembre de 2010 y en la disposición final primera del mismo, por la que se habilita al titular de la Dirección General de Calidad y Atención al Ciudadano para dictar, en el ámbito de sus competencias, las instrucciones necesarias para su desarrollo y aplicación,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar las Instrucciones recogidas en el anexo a esta resolución relativas a la ampliación de las posibilidades de identificación, autenticación y acceso de los ciudadanos a la administración municipal a través de la sede electrónica, así como de las modalidades de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
En la sede electrónica se hará pública la descripción y características de los sistemas de identificación y autenticación de los ciudadanos así como la referencia a los trámites y gestiones admisibles a través del Registro Electrónico y las correspondientes modalidades de presentación.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
INSTRUCCIONES
Primero. Acceso a la información y realización de trámites y gestiones mediante sistema de clave de usuario y contraseña.
El acceso a la información y realización de trámites en la sede electrónica, a través del espacio "Carpeta del Ciudadano", podrá realizarse mediante los sistemas de firma electrónica avanzada, basada en certificados reconocidos, y mediante el sistema de clave de usuario y contraseña, previa identificación y alta en el registro habilitado al efecto, en los términos que se especifican en la propia sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
La acreditación de la identidad y el registro como usuario del sistema de clave de usuario y contraseña podrá realizarse a través de la propia sede electrónica, en el acceso a la "Carpeta del Ciudadano", mediante el certificado digital del interesado, o mediante comparecencia presencial en alguna de las Oficinas de Atención al Ciudadano de Línea Madrid.
La condición de usuario registrado de este sistema de identificación y autenticación se considerará acreditación suficiente, durante su periodo de vigencia, para el acceso a la modalidad de firma electrónica temporal, una vez sea habilitado su uso para los trámites que lo requieran, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Descripción del sistema:
Podrá solicitar clave de usuario y contraseña cualquier ciudadano que:
- Sea mayor de edad o menor emancipado.
- Aporte su documento de identidad en vigor o la solicitud de renovación (para acreditar la identidad, se seguirán los mismos criterios que en la firma electrónica).
- Disponga de teléfono móvil (con el objetivo de que se le pueda remitir por dicha vía la contraseña) y de dirección de correo electrónico.
La clave tendrá una validez de un año contado desde la última entrada a la Carpeta por parte del usuario. Transcurrido dicho plazo deberá renovarse por el interesado.
El servicio se ofrecerá:
1.- En la sede electrónica (https://sede.madrid.es) en la pestaña "Mi Carpeta", "Registro de usuarios".
Los usuarios con certificado electrónico pueden acceder al sistema de alta, modificación y baja del servicio y elegir la contraseña de acceso, que tendrá 8 posiciones, incluyendo al menos un número y una mayúscula.
El acceso se bloqueará después de tres intentos consecutivos y erróneos en la misma sesión y habrá que realizar una modificación para resetear la clave.
2.- En las Oficinas de Atención al Ciudadano de Línea Madrid:
Los ciudadanos podrán solicitar este servicio, con cita previa, momento en el que tendrán que exhibir un documento oficial en vigor que acredite su identidad.
Se enviará la contraseña por sms, y el interesado deberá modificar la contraseña la primera vez que se acceda a la carpeta del ciudadano por usuario y contraseña.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Queda sin efecto por la Resolución de 7 de abril de 2015, por el que se aprueban las Instrucciones relativas al sistema de identificación basado en clave de usuario y contraseña. ANM 2015\15