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Decretos de Alcaldía

Decreto de 9 de marzo de 2012 de la Alcaldesa, por el que se modifica el Decreto de 6 de abril de 2009 del Alcalde, por el que se crea la Comisión Especial de Terrazas de Veladores

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 21/03/2012

Identificador

ANM 2012\133

Tipo de disposición

Decretos de Alcaldía

Fecha de disposición

09/03/2012

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 21/03/2012 núm. 6639 pág. 6.

Decreto de 9 de marzo de 2012 de la Alcaldesa, por el que se modifica el Decreto de 6 de abril de 2009 del Alcalde, por el que se crea la Comisión Especial de Terrazas de Veladores

El Decreto de la Alcaldesa, de 30 de diciembre de 2011, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, modifica la estructura existente, por lo que es necesario modificar el Decreto del Alcalde, de 6 de abril de 2009, por el que se crea la Comisión Especial de Terrazas de Veladores, en aras de armonizar la composición de la comisión con el nuevo organigrama municipal. 

De acuerdo con lo anteriormente señalado, y conforme a lo establecido en el artículo 76.1 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid

DISPONGO 

PRIMERO.- Modificar el Decreto de 6 de abril de 2009, por el que se crea la Comisión Especial de Terrazas de Veladores, en los términos que a continuación se indican: 

Uno.- El artículo 1 queda redactado en los siguientes términos: 

"La Comisión Especial de Terrazas de Veladores se configura como un órgano colegiado con capacidad decisoria, adscrito al Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana que resolverá las solicitudes de instalación de terrazas de veladores en emplazamientos en los que, no cumpliéndose los requisitos exigidos en los artículos 15.1 y 16 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería respecto del régimen de distancias y modalidades de ocupación, concurran especiales circunstancias de carácter turístico, comercial, de seguridad, paisajístico o social que aconsejen su concesión. El resto de los requisitos exigidos por la ordenanza serán, en cualquier caso, de obligado cumplimiento".

Dos.- El artículo 5.1 queda redactado en los siguientes términos: 

"Los Vocales de la Comisión tendrán el rango mínimo de Director General y serán nombrados por el Presidente de la Comisión, a propuesta de los titulares de las siguientes áreas: 

Dos representantes a propuesta del titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad. Uno de ellos con competencias en materia de movilidad y otro de seguridad. 

Un representante a propuesta del titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía. 

Un representante de la Agencia Tributaria, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública. 

Un representante a propuesta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. 

Un representante a propuesta del titular del Área de Gobierno de las Artes". 

Tres.- El artículo 6.1 queda redactado en los siguientes términos: 

"El titular de la Secretaría de la Comisión de Terrazas de Veladores será designado por el Presidente de la Comisión, entre funcionarios del Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana". 

Cuatro.- La disposición final primera queda redactada en los siguientes términos: 

"Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el presente decreto así como para garantizar la efectividad de las funciones de la Comisión Especial". 

SEGUNDO.- Queda derogado el Decreto del Alcalde, de 27 de septiembre de 2005, por el que se constituye la Comisión Técnica de Terrazas de Veladores. 

TERCERO.- El presente decreto producirá efectos a partir del día siguiente a la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” o en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”.

Afecta a
  • Modifica artículos 1, 5.1, 6.1 y disposición final primera del Decreto de 6 de abril de 2009 del Alcalde, por el que se crea la Comisión Especial de Terrazas de Veladores. ANM 2013\210

Descargar normativa

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