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Precios públicos

Modificación de 22 de diciembre de 2008 de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades, de 29 de noviembre de 1989

Versión

Texto inicial publicado el 29/12/2008

Identificador

ANM 2008\365

Tipo de disposición

Precios públicos

Fecha de disposición

22/12/2008

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 30/12/2008 núm. 5880 pág. 311-329.
- BO. Comunidad de Madrid 29/12/2008 núm. 309 (suplemento, fascículo I) pág. 229-240.

Modificación de 22 de diciembre de 2008 de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades, de 29 de noviembre de 1989 

 

Artículo único. Modificación de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades. 

La Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades queda modificada como sigue:

Uno.- Se modifica el artículo 1, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 1.

De conformidad con lo previsto en los artículos 41 y 127 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida al Ayuntamiento de Madrid, en su calidad de Administración Pública de carácter territorial, por los artículos 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 48 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se establecen los precios públicos por la prestación de los servicios o la realización de las actividades administrativas que se determinan en el artículo siguiente”. 

Dos.- Se modifica el artículo 4, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 4.

La cuantía que corresponda abonar por la prestación de cada uno de los servicios a que se refiere esta ordenanza se determinará según cantidad fija o en función de los elementos o factores que se indiquen en los respectivos epígrafes.

Epígrafe I) Prestaciones de Servicios para actividades sociales-culturales, culturales y de esparcimiento

 

Euros

1) Por asistencia a talleres y cursos de gestión municipal:

 

a) Por gasto de inscripción

6,60

b) Por asistencia a cursos y talleres, según las horas semanales de duración (cuota trimestral):

 

b.1) De una hora semanal

27,80

b.2) De dos horas semanales

38,90

b.3) De tres horas semanales

50,05

b.4) De cuatro horas semanales

61,15

b.5) De cinco horas semanales

72,30

b.6) De seis horas semanales

83,45

En aquellos casos en los que el curso o taller supere las seis horas semanales, la cuota trimestral se verá incrementada en 11,10 euros por cada hora de aumento semanal.

c) Por asistencia a cursos y talleres especializados (cuota trimestral).

Para los cursos y talleres que sean calificados como especializados, por requerir medios personales, materiales o técnicos de tal naturaleza, la cuota trimestral será de 38,90 euros para los cursos de una hora semanal de duración, incrementándose dicha cuota en 16,65 euros por cada hora de aumento semanal.

d) Por asistencia a cursos y talleres intensivos.

Se califican de cursos o talleres intensivos aquellos que tienen una duración inferior a un trimestre. Las tarifas aplicables serán las correspondientes al tramo de horas semanales de los apartados b) ó c) anteriores que resulte de dividir el número total de horas del curso entre doce.

Cuando, en el caso de los apartados b) y c) anteriores, la duración semanal del curso o taller contenga una fracción de tiempo inferior a la hora, o cuando dicha fracción resulte de la operación que se realice en el supuesto del apartado d), se aplicará la tarifa más próxima a la del tramo inferior, a la del tramo superior o a la de la media entre ambos, según corresponda, o, en su caso, la más alta de las dos entre las que se comprenda. 

 

Euros

2) Asistencia a cursos de prevención y lucha contra el fuego de la Escuela de Bomberos, destinados a entidades, instituciones y empresas, públicas y privadas:

 

a) Curso básico de 5 a 10 horas de duración. Grupos mínimo 10, máximo 15 personas. Por persona

33,45

b) Curso medio de 20 a 30 horas de duración. Grupos mínimo 10, máximo 15 personas. Por persona

80,30

c) Curso superior, de 40 a 60 horas de duración. Grupos mínimo 10, máximo 15 personas. Por persona

147,20

No estarán sujetas al pago de las tarifas indicadas, las campañas de difusión en materia de prevención y lucha contra el fuego.

 

3) Asistencia a encuentros, ludotecas, deportes, aire libre y ocio en general:

 

Encuentro hasta dieciséis horas mensuales, por persona y mes

5,50

4) Estancia en las Residencias Municipales "Palacio Valdés" (Tres Cantos) y "Nuestra Señora de la Paloma" (Cercedilla):

 

a) Estancia en las Residencias para desarrollar la actividad de Aula de Naturaleza, con pensión completa (desayuno, comida y cena), por alumno y día

(Por cada grupo de 25 alumnos 2 tutores gratis).

11,50

b) Estancia en las Residencias para desarrollar diversas actividades (intercambios, deportivas, etc.):

 

Por alumno y día de estancia (entre semana), en pensión completa

15,65

Días festivos y fines de semana (sábado y domingo), en pensión completa, por alumno y día

23,00

c) Servicios individualizados, que se facturarán dependiendo de entradas o salidas de los grupos:

 

Desayuno

2,30

Comida

5,75

Cena

4,60

5) Por prestación del servicio de comedor a los alumnos que participen en las actividades socioculturales y lúdicas que se imparten en los Centros Escolares de Distrito, en días laborables no lectivos, por alumno y día

4,90

Para los alumnos que tengan reconocida beca de comedor, el precio por alumno y día será de 1,55 euros

 

6) Utilización de equipos y material diverso:

 

a) Equipamientos de mecanografía, por día o fracción

50,84

b) 1. Equipo de iluminación hasta 12 kw. Por día o fracción

40,85

2. Por cada kw que exceda de 12

4,75

c) Proyector de 16 mm. Por día o fracción

5,07

d) 1. Equipo portátil de vídeo blanco y negro. Por cada día o fracción

25,42

2. Equipo portátil de vídeo color. Por cada día o fracción

40,85

e) Proyector de diapositivas y material electrónico menor. Por equipo, día o fracción

8,46

f) Paneles para exposiciones de 1,80 por 0,65 m. Por unidad y día

1,51

g) Tarimas y escenarios hasta 24 metros cuadrados de superficie. Por unidad y día

20,40

7) Actos y conferencias en locales o dependencias autorizados expresamente por la autoridad municipal. Por unidad de aforo y día

0,53

8) Espectáculos (cine, teatro)

 

a) Por sesión ordinaria infantil y persona

0,55

b) Por sesión extraordinaria infantil y persona

1,15

c) Por sesión ordinaria para adultos y persona

1,40

d) Por sesión extraordinaria para adultos y persona

2,20

9) Latinarte

 

Por localidades (butacas) para espectáculos en general en el Auditorio Latinarte

 

a) Teatro:

 

- Clásico

6,60

- Humor

6,60

- Musical

9,95

b) Actividades infantiles (teatro, títeres)

5,50

c) Musicales:

 

- Orquestas (Conciertos: Clásica, Jazz...)

6,60

- Óperas

13,20

- Zarzuelas

7,65

- Ballet clásico: moderno y contemporáneo

6,60

- Baile español

6,60

- Flamenco

9,95

- Jazz

9,95

- Jóvenes intérpretes

4,35

- Recitales

4,35

d) Otras actuaciones

5,50

10) Asistencia a cursos en la Escuela Madrileña de Cerámica de la Moncloa

 

A) 1. Por inscripción en cualquiera de los cursos del plan de estudios de la Escuela

17,30

2. Por asistencia a cualquiera de los cursos del plan de estudios de la Escuela por trimestre (incluido el material)

167,80

B) Por inscripción en cursos monográficos de duración no superior a un trimestre (incluido el material)

167,80

C) Derechos de examen de acceso al 1.º curso del plan de estudios o cursos monográficos

7,65

11) Madrid Salud

 

a) Cursos de formación de 20 horas teóricas (1 profesor) y 5 horas prácticas (2 profesores). Grupos mínimo 22, máximo 28 personas.

 

Precio por alumno/curso

183,65

Quedan integrados en este tipo de cursos los denominados "Ayudando a crecer", "Adolescencia, Juventud y Salud" y "Tratamiento del Tabaquismo".

 

b) Cursos de formación de 15 horas teóricas (1 profesor) y 15 horas prácticas (3 profesores). Grupos mínimo 22, máximo 28 personas.

 

Precio por alumno / curso

328,35

Queda integrado en este tipo de cursos el denominado "Prevención de Accidentes y Primeros Auxilios".

 

c) Cursos de formación de 10 horas teóricas (1 profesor) y 15 horas prácticas (4 profesores). Grupos mínimo 22, máximo 28 personas.

 

Precio por alumno / curso

367,35

Queda integrado en este tipo de cursos el denominado "Entrenamiento de la Memoria".

 

d) Cursos de formación de 10 horas teóricas (1 profesor) y 5 horas prácticas (2 profesores). Grupos mínimo 22, máximo 28 personas.

 

Precio por alumno/curso

120,00

Queda integrado en este tipo de cursos el denominado "Entrevista motivacional".

 

12) Teatro Centro Cultural Galileo.

 

Precio de localidades para producciones municipales:

 

- Butaca

9,95

- Sesiones infantiles

3,25

Los miércoles día del espectador, se satisfará el 50% de las tarifas indicadas.

 

Los grupos de más de 20 personas satisfarán el 50% de las tarifas indicadas.

 

Las reducciones detalladas en los párrafos precedentes no son acumulables.

 

Cuando los servicios a que se refieren los apartados anteriores se presten en régimen de concesión o autorización, regirán las tarifas que se consignen en los pliegos de condiciones o, en su caso, en la adjudicación.

 

13) Programa Municipal, de la Dirección General de Deportes, de Actividades Deportivas en la Nieve:

 

Módulo adultos, con alojamiento "a pie de pista"

 

- En España o Andorra, 6 noches

530,00

- En los Alpes Franceses, 7 noches

400,00

Módulo adultos, sin alojamiento "a pie de pista"

 

- En España o Andorra, 6 noches

485,00

- En España o Andorra, 6 noches (semana de Reyes)

580,00

- En España, 5 noches

400,00

Módulo familiar, con alojamiento "a pie de pista"

 

- Adulto, en España o Andorra, 6 noches

515,00

- Infantil, en España o Andorra, 6 noches

390,00

Módulo familiar, sin alojamiento "a pie de pista"

 

- Adulto, en España o Andorra, 6 noches

485,00

- Infantil, en España o Andorra, 6 noches

380,00

Procederá la devolución de los precios recogidos en este apartado, en los casos y cuantías siguientes:

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica artículos 1, 4 y 5 de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades, de 29 de noviembre de 1989. ANM 2024\176
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