Ordenanzas fiscales
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales Constituidos en el Suelo, Subsuelo, o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Telefonía Móvil, de 28 de noviembre de 2007
Versión
Última actualización publicada el 30/06/2017
Identificador
ANM 2007\48
Tipo de disposición
Ordenanzas fiscales
Fecha de disposición
28/11/2007
Notas
Redacción vigente para el 2025. Se detallan las afectaciones producidas desde el año 2008. Las redacciones de la ordenanza fiscal para años anteriores pueden consultarse en los libros de ordenanzas fiscales y precios públicos municipales, cuyo enlace se incorpora en “Otros sitios de interés”.
Permalinks
https://sede.madrid.es/eli/es-md-01860896/odnz/2007/12/13/(23)/con/20170630/spa/html
https://sede.madrid.es/eli/es-md-01860896/odnz/2007/12/13/(23)/con/20170630/spa/pdf
Afectado por
- Modificado artículo 5 y suprimido artículo 7.1 c) por la modificación de 28 de junio de 2017 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales Constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Telefonía Móvil, de 28 de noviembre de 2007. ANM 2017\153
- Modificados artículos 2, 3, 5 y 7 por la modificación de 21 de diciembre de 2012 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales Constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Telefonía Móvil, de 28 de noviembre de 2007. ANM 2012\147
- Modificados capítulo IV y artículos 5, 7, 8 y 9; y suprimido artículo 6 por la modificación de 22 de diciembre de 2010 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Telefonía Móvil, de 28 de noviembre de 2007. ANM 2010\80
- Confirmada legalidad del artículo 5 por la Sentencia 9313/2021 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Novena, de 14 de julio de 2021. ES:TSJM:2021:9313.
- Confirmada legalidad del artículo 5 por la Sentencia 1150/2016 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 20 de mayo de 2016. ES:TS:2016:2188.
- Anulado artículo 5 por la Sentencia 4846/2014 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de 26 de marzo de 2014. ES:TSJM:2014:4846.
- Anulados artículos 5, 6 y último inciso de los artículos 2 y 3 por la Sentencia 2553/2013 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 26 de abril de 2013. ES:TSJM:2021:9313.
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