Acuerdo de 9 de octubre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Versión
Texto inicial publicado el 13/10/2025
Identificador
ANM 2025\87
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
09/10/2025
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 13/10/2025 núm. 9983 pág. 43.
- BO. Comunidad de Madrid 24/10/2025 núm. 254 pág. 329.
Acuerdo de 9 de octubre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.
El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, atribuyendo las facultades de dirección, autorización, supervisión e inspección de la prestación del servicio público Teleférico de la Casa de Campo a la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad. Anteriormente las funciones de dirigir y controlar la prestación del servicio público estaban atribuidas a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes.
Asimismo, se amplía el alcance de las funciones encomendadas a la dirección general gestora, abarcando ahora las de autorizar, supervisar e inspeccionar el servicio al objeto de conseguir un reparto de competencias más sistemático.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 9 de octubre de 2025
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, en los términos que se indican a continuación:
Uno.- En el apartado 15.º, se añade una nueva letra m) al punto 1.3, que queda redactada en los siguientes términos:
"m) Dirigir, autorizar, supervisar e inspeccionar la prestación del servicio público Teleférico de la Casa de Campo".
Dos.- En el apartado 19.º, se suprime la letra h) del punto 1.4, que queda sin contenido.
SEGUNDO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
TERCERO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
SEXTO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Añade apartado 15.º 1.3 m); y suprime apartado 19.º 1.4 h) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. ANM 2025\109