Acuerdo de 5 de marzo de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifican los Acuerdos de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos
Versión
Texto inicial publicado el 09/03/2026
Identificador
ANM 2026\183
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
05/03/2026
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 09/03/2026 núm. 10081 pág. 16-17.
Acuerdo de 5 de marzo de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifican los Acuerdos de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos
Mediante Acuerdos de 29 junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se ha establecido la organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquellos, en el sentido, de suprimir las menciones "empresa mixta" y "de economía mixta" de la referencia a las empresas municipales Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S.A. (MERCAMADRID) y Madrid Calle 30, S.A. que se encuentran en los citados acuerdos, ya que desde el 1 de enero de 2026 el capital social de ambas sociedades ha pasado a ser de titularidad íntegramente pública.
Asimismo, se procede a modificar el acuerdo de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos para suprimir las competencias que la Dirección General de Conservación de Vías Públicas tenía en relación con la gestión del viario M-30, al carecer ya de estas competencias como consecuencia de la nueva configuración del servicio y de la extinción del contrato de gestión integral de la M-30 en el que tenía atribuidas las funciones correspondientes al responsable del contrato.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de marzo de 2026
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, en los términos que se indican a continuación:
Uno.- En el apartado 14.º, se modifican las letras b) y d) del punto 1.1, que quedan redactadas en los siguientes términos:
"b) Gestionar la explotación del tráfico de todo el viario M-30 y de los ramales de conexión a la misma, bien directamente o bien supervisando y coordinando la actuación de la empresa Madrid Calle 30, S.A. en esas materias, concediendo las autorizaciones de solicitudes de todo tipo de ocupaciones en el viario M-30 y de los ramales de conexión a la misma".
"d) Conservar y mantener las instalaciones de control de la movilidad mediante paneles, cámaras y equipamientos complementarios del viario M-30 y sus ramales de conexión, bien directamente o bien coordinando y supervisando la actuación e inversiones de renovación de dichas instalaciones por la empresa Madrid Calle 30, S.A., en coordinación con el Área de Gobierno de Obras y Equipamientos".
Dos.- En el apartado 15.º, se modifica la letra e) del punto 1.4, que queda redactada en los siguientes términos:
"e) Instalar, mantener y conservar los equipamientos municipales asociados a infraestructuras viarias y ferroviarias existentes encaminados a la reducción del impacto acústico, a excepción de los afectos a la empresa Madrid Calle 30, S.A.".
SEGUNDO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 1.º, se modifica el punto 10, que queda redactado en los siguientes términos:
"10. Empresa Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S.A. (MERCAMADRID)".
TERCERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, en los términos que se indican a continuación:
Uno.- En el apartado 1.º, se modifica el punto 3, que queda redactado en los siguientes términos:
"3. Empresa "Madrid Calle 30, S.A.".
Dos.- En el apartado 8.º, se suprime el punto 1.6, que queda sin contenido.
CUARTO.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente acuerdo por órganos distintos de los competentes según este, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
QUINTO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
SEXTO.- Se faculta a la titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
SÉPTIMO.- Se faculta a los titulares del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, en sus respectivos ámbitos competenciales, a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
OCTAVO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
NOVENO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica apartado 1.º 3 y suprime apartado 8.º 1.6 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. ANM 2026\186
- Modifica apartado 1.º 10 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. ANM 2026\185
- Modifica apartados 14.º 1.1 b) y d) y 15.º 1.4 e) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. ANM 2026\184