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Otras disposiciones

Resolución de 30 de diciembre de 2015 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria

Disposición no vigente

Versión

Última actualización publicada el 03/01/2019

Identificador

ANM 2019\137

Tipo de disposición

Otras disposiciones

Fecha de disposición

30/12/2015

Resolución de 30 de diciembre de 2015 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria

La Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, es el ente autónomo de gestión tributaria, responsable de ejercer como propias las competencias municipales de gestión en materia tributaria. Según el artículo 3 de sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2008, corresponden a la Agencia Tributaria Madrid, entre otras competencias, la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales; la recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del Ayuntamiento y de aquellos otros cuya gestión se le encomiende; la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios; y la propuesta, elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del Ayuntamiento de Madrid. 

Según concreta el artículo 15.2.2 de los citados Estatutos en sus distintos apartados corresponden al director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria de Madrid todas las funciones de gestión, liquidación, recaudación y revisión de todos los tributos municipales. 

No obstante, para el mejor y más eficiente ejercicio de algunas de estas funciones, resulta aconsejable que ciertas competencias de gestión tributaria se ejerzan por aquellos órganos municipales cuya actividad se halla en íntima conexión con determinados ingresos públicos, concentrando así en dichos órganos las competencias materiales y las relativas a la gestión tributaria vinculadas a aquellas. 

La necesidad de una nueva resolución de delegación de competencias del director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid viene motivada por dos aspectos fundamentales: por un lado, por los cambios operados en la organización municipal, con la adopción de los Acuerdos de la Junta de Gobierno de organización y competencias de las Áreas de Gobierno de 29 de octubre de 2015; y, por otro lado, por la aprobación, mediante Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 23 de diciembre de 2015, de la modificación de diversas ordenanzas fiscales, así como de la imposición de una nueva tasa, la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades. 

En consecuencia la presente resolución tiene por objeto delegar determinadas competencias en materia de aplicación de los tributos y de revisión en vía administrativa en los titulares de los órganos superiores y directivos a que se refiere y en los términos que en la misma se establecen. 

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo de 22 de diciembre de 2008 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (BOCM núm. 311, de 31-12- 2008), 

RESUELVO 

PRIMERO.- Delegación de competencias en materia tributaria. 

Se delega en los órganos superiores y directivos que se citan a continuación, de acuerdo con sus respectivos ámbitos competenciales y sin perjuicio, en su caso, de las competencias concurrentes que correspondan a otros órganos municipales, la gestión de los siguientes tributos:

1. En todos los órganos superiores y directivos, en el ámbito de sus respectivas competencias, la Tasa por prestación de Servicios de Reproducción de Imágenes y Documentos respecto de la obtención de copias de documentos de la letra A) del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de Servicios de Reproducción de Imágenes y Documentos.

2. Área de Gobierno de Economía y Hacienda. 

2.1. Dirección General de Contratación y Servicios:  

2.1.1. Tasa por Prestación de Servicios de Retirada, Transporte y Almacenaje en el Almacén de Villa. 

2.1.2. Tasas del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. 

3. Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias. 

3.1. Coordinación General de Seguridad y Emergencias: 

3.1.1. Tasa por la Prestación de Servicios Docentes en los Cursos de Promoción o Ascenso para funcionarios de los cuerpos de Policía Local. 

3.2. Dirección General de la Policía Municipal: 

3.2.1. Tasa por Prestación de Servicios por la Circulación de Vehículos en Régimen de Transporte Especial. 

3.2.2. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de la expedición de tarjetas de armas y emisión de informes sobre actuaciones de los Servicios de Policía Municipal y Agentes de Movilidad. 

3.2.3. Tasa por Derechos de Examen para participar en los procesos de selección de personal del cuerpo de Policía Municipal. 

3.3. Dirección General de Emergencias y Protección Civil: 

3.3.1. Tasa por Prestación de Servicios Sanitarios. 

3.3.2. Tasa por Derechos de Examen para participar en los procesos de selección de personal del cuerpo de Bomberos y las categorías propias de SAMUR-Protección Civil. 

3.4. Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud: 

3.4.1. Tasa por Prestación de Servicios de Higiene y Salud Pública. 

3.4.2. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos en relación con las certificaciones expedidas por la Inspección de Seguridad Alimentaria. 

4. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.

4.1. Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística:

4.1.1. Tasa por prestación de Servicios de Reproducción de Imágenes y Documentos, en lo que se refiere a la obtención de copias de planos, fichas, fotogramas y cartografía de la letra A) del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de Servicios de Reproducción de Imágenes y Documentos.

4.2. Dirección General de Espacio Público, Obras e Infraestructuras:

4.2.1. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en relación con las obras e instalaciones que se realicen en la vía pública y cuya licencia les competa.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por la Resolución de 15 de septiembre de 2020 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de delegación de competencias en materia tributaria ANM 2020\294
  • Modificados apartados 5.1.2, 5.2.1 y 5.3.4 del punto primero por la Resolución de 28 de diciembre de 2018 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de modificación de la Resolución de 30 de diciembre de 2015 de delegación de competencias en materia tributaria. ANM 2018\85
  • Modificados apartados 1, 4.4, 4.2, 5.2, 5.4, 6.1 y 8.1 por la Resolución de 29 de diciembre de 2017 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de modificación de la Resolución de 30 de diciembre de 2015 de delegación de competencias en materia tributaria. ANM 2017\118
  • Modificados apartados 4.2, 7.2 y 8.2 del punto primero por la Resolución de 30 de diciembre de 2016 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria. ANM 2016\156
Afecta a
  • Deja sin efecto Resolución del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria de 31 de julio de 2015. ANM 2015\51

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