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Ordenanzas fiscales

Modificación de 22 de diciembre de 2008 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños, que pasa a denominarse Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños, de 8 de octubre de 1998

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 29/12/2008

Identificador

ANM 2008\382

Tipo de disposición

Ordenanzas fiscales

Fecha de disposición

22/12/2008

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 30/12/2008 núm. 5880 pág. 269-284.
- BO. Comunidad de Madrid 29/12/2008 núm. 309 (suplemento, fascículo I) pág. 206-215.

Modificación de 22 de diciembre de 2008 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños, que pasa a denominarse Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños, de 8 de octubre de 1998

Artículo único. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños.

La Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños queda modificada como sigue:

Uno.- Se modifica el título de la ordenanza, que queda redactado del siguiente modo:

"Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños".

Dos.- Se modifica el artículo 5, que queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 5.

La cuota que corresponda abonar por la prestación de cada uno de los servicios a los que se refiere esta ordenanza se determinará según cantidad fija o en función de los elementos o factores que se indican en las normas de aplicación y en el cuadro de tarifas que se recogen a continuación.

I. Normas generales de aplicación de las tarifas

1. Dentro del marco desarrollado en esta norma, se establecen las siguientes categorías para la aplicación de las tarifas:

a) Categoría infantil. Pertenecerán a la misma, todos los sujetos pasivos que tengan una edad de hasta 14 años.

b) Categoría joven. Pertenecerán a la misma, todos los sujetos pasivos de edades comprendidas entre los 15 y los 20 años.

c) Categoría mayor. Pertenecerán a la misma, todos los sujetos pasivos de edad igual o superior a 65 años.

d) Categoría de persona con discapacidad. Pertenecerán a la misma todos los sujetos pasivos a los cuales se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, conforme al artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad de las personas con discapacidad.

2. Todos aquellos sujetos pasivos que formen parte de alguna de las categorías definidas en el apartado anterior, gozarán de las reducciones que, de acuerdo con las normas particulares de aplicación de las tarifas, se recogen en el cuadro de Tarifas del epígrafe B) de este artículo.

3. Cuando sobre la cuota corresponda la aplicación de una reducción, ya sea por pertenencia a una de las categorías a que se refiere el apartado 1 anterior, o por así disponerlo las normas particulares de aplicación de las tarifas, se practicará el redondeo al alza, a la cifra más cercana múltiplo de cinco céntimos de euro.

II. Cuadro de tarifas

  

Reducciones (%)

Concepto

Tarifa

Infantil

Joven

Mayor

Discapacitado

A)  Utilización de casas de baños municipales:

         

Por utilización de ducha

0,15

       

B) Utilización de centros deportivos:

         

1. Cuota de inscripción actividad deportiva dirigida

11,10

       

2. Cuota mensual 1 sesión semana

14,30

40 ó 65

20 ó 45

70

100

3. Cuota mensual matronatación 1 sesión semana

15,45

       

4. Cuota mensual tenis o pádel adulto 1 sesión semana

17,70

       

5. Cuota mensual 2 sesiones semana

25,30

40 ó 65

20 ó 45

70

100

6. Cuota mensual matronatación 2 sesiones semana

20,00

       

7. Cuota mensual tenis o pádel adulto 2 sesiones semana

31,30

       

8. Cuota mensual 3 sesiones semana

31,10

40 ó 65

20 ó 45

 

100

9. Cuota mensual tenis o pádel adulto 3 sesiones semana

38,45

       

10. Curso intensivo actividad deportiva

146,65

       

11. Curso estival

26,05

40

20

   

12. Alquiler de pista deportiva (Bc. Bm. y similares)

13,90

       

13. Alquiler de campo de fútbol 7

20,50

       

14. Alquiler de grandes campos (rugby, fútbol y similares)

36,45

       

15. Alquiler de pabellones, piscinas, pistas de atletismo y auditorios

197,55

       

16. Alquiler de aulas

31,10

       

17. Calle de piscina o atletismo

44,45

       

18. Alquiler de pista de tenis, pádel, frontón, squash o bádminton

5,60

40

20

70

 

19. Tarjeta de cesión de temporada

33,30

65

50

   

20. Tarjeta de cesión de temporada deporte adaptado

13,20

       

21. Inscripción juegos deportivos municipales

267,15

65

50

   

22. Torneo municipal de baloncesto

71,20

       

23. Torneo municipal de fútbol 7

57,80

       

24. Torneo municipal de fútbol 11

94,55

       

25. Torneo municipal de fútbol sala

51,10

       

26. Torneo municipal de pádel

11,60

       

27. Torneo municipal de tenis

7,10

       

28. Torneo municipal de voleibol

41,10

       

29. Reconocimiento médico básico

24,40

40

20

70

 

30. Reconocimiento médico deportivo especial

46,95

40

20

70

 

31. Acondicionamiento cardiovascular

16,65

       

32. Sesión de fisioterapia

29,10

       

33. Bono de fisioterapia (5 sesiones)

116,85

       

34. Cuota de escuela de espalda

87,40

       

35. Suplemento de recinto cubierto

18,35

       

36. Reserva de pista

1,25

       

37. Suplemento iluminación de pistas

3,25

       

38. Suplemento iluminación de grandes campos pabellones y piscinas

8,15

       

39. Duplicado de tarjetas

1,55

       

40. Suplemento hierba artificial grandes campos

26,60

       

41. Suplemento hierba artificial campos fútbol 7

8,85

       

42. Entrada piscina, musculación ,sauna o ciclo sala

4,35

40

20

70

100

43. Barcas de recreo

4,55

   

70

 

44. Motora

1,20

       

45. Utilización polideportiva

2,20

     

100

46. Bono multiuso (10 sesiones)

37,20

40

20

70

 

47. Bono ciclo sala (10 sesiones)

41,10

       

48. Cuota Mensual Abono Deporte Madrid

43,90

40

20

70

 

49. Cuota Mensual Abono Deporte Madrid reducido

32,95

 

20

70

 

50. Cuota Mensual Abono Deporte Madrid Fin de Semana

21,95

40

20

70

 

51. Cuota Mensual Abono Deporte Madrid Familiar

79,00

       

52. Abono deporte verano

122,35

40

20

70

 

53. Carné de abonado

6,60

       

54. Abono anual de vestuario

50,05

       

55. Abono anual uso libre

267,50

40

20

70

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica título y artículos 5 y 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños, de 8 de octubre de 1998. ANM 2010\93
  • Modifica título y artículos 5 y 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Piscinas e Instalaciones Deportivas y Casas de Baños, que pasa a denominarse Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños, de 8 de octubre de 1998. ANM 2008\410

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