Decreto de 29 de noviembre de 2004 del Alcalde, por el que se delega la competencia para resolver los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados por los órganos superiores, los órganos directivos y las juntas municipales de distrito en virtud de las atribuciones delegadas por el Alcalde
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 09/12/2004
Identificador
ANM 2005\17
Tipo de disposición
Decretos de Alcaldía
Fecha de disposición
29/11/2004
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 09/12/2004 núm. 5629 pág. 4314
- BO. Comunidad de Madrid 22/12/2004 núm. 304 (supl.) pág. 133.
Decreto de 29 de noviembre de 2004 del Alcalde, por el que se delega la competencia para resolver los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados por los órganos superiores, los órganos directivos y las juntas municipales de distrito en virtud de las atribuciones delegadas por el Alcalde
Mediante los decretos del alcalde de 24 de junio de 2004, por los que se establece la organización, estructura y competencias de las distintas áreas de gobierno, así como el decreto del alcalde de esa misma fecha por el que se establece la organización y competencias de las juntas municipales de distrito, sus concejales-presidentes y los gerentes de distrito, se delegaron una serie de competencias en los distintos órganos en los que se estructura la administración municipal, tanto superiores como directivos, así como en las juntas municipales de distrito, especificándose en cada uno de esos decretos el régimen de las citadas delegaciones.
Este régimen de delegaciones abarcaba la competencia para resolver los recursos de reposición, correspondiendo esta competencia al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
El presente decreto tiene por objeto delegar en los órganos superiores, en los órganos directivos y en las Juntas Municipales de Distrito la resolución del recurso extraordinario de revisión, regulado en los artículos 108, 118 y 119 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ampliándose de esta forma el régimen de delegaciones establecido en los citados decretos de 24 de junio.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, y artículo 11 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid,
DISPONGO
PRIMERO.-
Delegar en los órganos superiores, en los órganos directivos y en las juntas municipales de distrito la competencia para resolver los recursos extraordinarios de revisión cuando el acto objeto de recurso se hubiera dictado en virtud de atribuciones delegadas por el Alcalde.
SEGUNDO.-
El presente decreto producirá efectos a partir del día siguiente a la fecha del mismo, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín del Ayuntamiento de Madrid".
Lo que se publica a los efectos oportunos.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Queda sin efecto por el Decreto de 27 julio 2006, de delegación de competencias en los titulares de los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos. ANM 2006\65