Resolución de 30 de diciembre de 2016 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 02/01/2017
Identificador
ANM 2016\156
Tipo de disposición
Otras disposiciones
Fecha de disposición
30/12/2016
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 02/01/2017 núm. 7816 pág. 29.
Resolución de 30 de diciembre de 2016 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria
La Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, es el ente autónomo de gestión tributaria, responsable de ejercer como propias las competencias municipales de gestión en materia tributaria. Según el artículo 3 de sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2008, corresponden a la Agencia Tributaria Madrid, entre otras competencias, la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales; la recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del Ayuntamiento y de aquellos otros cuya gestión se le encomiende; la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios; y la propuesta, elaboración, e interpretación de las normas tributarias propias del Ayuntamiento de Madrid.
No obstante, para el mejor y más eficiente ejercicio de algunas de estas funciones, resulta aconsejable que ciertas competencias de gestión tributaria se ejerzan por aquellos órganos municipales cuya actividad se halla en íntima conexión con determinados ingresos públicos, concentrando así en dichos órganos las competencias materiales y las relativas a la gestión tributaria vinculadas a aquellas.
Por Resolución de 30 de diciembre de 2015 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid se delegaron competencias en materia tributaria en todos los órganos superiores y directivos, así como en determinadas Áreas de Gobierno.
La presente resolución tiene por objeto modificar parcialmente aquella, como consecuencia de la aparición de nuevas tasas, aprobadas por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 29 de diciembre de 2016, así como por cambios en la estructura orgánica del Ayuntamiento de Madrid derivados del desglose de Direcciones Generales y de la supresión y aparición de órganos.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo de 22 de diciembre de 2008 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (BOCM núm. 311, de 31-12-2008),
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar la Resolución de 30 de diciembre de 2015 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de delegación de competencias en materia tributaria, en los términos que a continuación se indican:
Uno.- El punto primero, apartado 4.2, queda redactado en los siguientes términos:
"4.2. Dirección General de Espacio Público, Obras e Infraestructuras:
4.2.1. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en relación con las obras e instalaciones que se realicen en la vía pública y cuya licencia les competa.
4.2.2. Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local en lo que se refiere a las licencias, autorizaciones o concesiones de su competencia.
4.2.3. Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos respecto de las licencias o restantes servicios urbanísticos de su competencia.
4.2.4. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de los documentos administrativos de su competencia relativos a las autorizaciones administrativas por la reserva de espacio del dominio público local para aparcamiento exclusivo de vehículos o para su ocupación con otro tipo de maquinaria, equipos, casetas y otros elementos.
4.2.5. Tasa por Prestación de Servicios en Galerías Municipales, en cuanto a los hechos imponibles relativos al replanteo y a las visitas que se prestan por el Ayuntamiento de Madrid a solicitud de los usuarios de dichas galerías municipales".
Dos.- El punto primero, apartado 7.2, queda redactado en los siguientes términos:
"7.2. Dirección General de Recursos Humanos:
7.2.1. Tasa por Derechos de Examen respecto de los procesos selectivos de su competencia".
Tres.- El punto primero, apartado 8.2, queda redactado en los siguientes términos:
"8.2. Coordinaciones:
8.2.1. Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos respecto de las licencias o restantes servicios urbanísticos de su competencia".
SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica apartados 4.2, 7.2 y 8.2 del punto primero de la Resolución de 30 de diciembre de 2015 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria. ANM 2019\137