Resolución de 16 de julio de 2020 de la Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación en materia de fe pública
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 21/07/2020
Identificador
ANM 2020\184
Tipo de disposición
Otras disposiciones
Fecha de disposición
16/07/2020
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 21/07/2020 núm. 8688 pág. 21-27.
- BO. Comunidad de Madrid 03/08/2020 núm. 186 pág. 190-196.
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ANEXO DELEGACIÓN EN MATERIA DE FE PÚBLICA
- 1.º Libros de resoluciones.
- 2.º Certificaciones y copias auténticas.
- 3.º Certificaciones del Padrón Municipal de Habitantes y de estadísticas de interés municipal.
- 4.º Notificaciones.
- 5.º Publicación en medios oficiales y tablón de edictos.
- 6.º Oficinas de Atención a la Ciudadanía.
- 7.º Oficinas de Registro.
- 8.º Registros municipales.
- 9.º Funciones de fe pública en Distritos.
- 10.º Funciones de fe pública en los organismos autónomos.
- 11.º Funciones de fe pública en materia urbanística.
- 12.º Certificación de donaciones recibidas durante el estado de alarma.
- 13.º Ejercicio de funciones de fe pública.
- 14.º Competencias en materia de denegación de certificaciones, recursos y revisión de oficio en las áreas de gobierno, áreas delegadas, Coordinación General de la Alcaldía, Secretaría General del Pleno y distritos.
- 15.º Competencias en materia de denegación de certificaciones, recursos y revisión de oficio en el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
- 16.º Competencias en materia de denegación de certificaciones, recursos y revisión de oficio en organismos autónomos municipales.
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ANEXO DELEGACIÓN EN MATERIA DE FE PÚBLICA
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- Queda sin efecto por la Resolución de 10 de febrero de 2025 de la Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación en materia de fe pública. ANM 2025\1