Modificación de 22 de diciembre de 2011 de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, de 23 de diciembre de 2004
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 28/12/2011
Identificador
ANM 2011\193
Tipo de disposición
Ordenanzas fiscales
Fecha de disposición
22/12/2011
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 27/12/2011 núm. 6580 pág. 69-76.
- BO. Comunidad de Madrid 28/12/2011 núm. 308 pág. 260-264.
Modificación de 22 de diciembre de 2011 de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, de 23 de diciembre de 2004
Artículo único. Modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.
La Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección queda modificada como sigue:
Uno.- Se modifica la letra b) del apartado 3 del artículo 34, que queda redactada del siguiente modo:
“b) Las domiciliaciones de pago tendrán validez por tiempo indefinido, pudiéndose anular en cualquier momento. Asimismo podrán trasladarse a otras entidades de depósito, poniéndolo en conocimiento de la Administración municipal dentro del plazo a que se refiere el apartado siguiente. No obstante, en caso de devolución reiterada del recibo por la entidad financiera durante dos ejercicios consecutivos, por causas imputables al interesado, quedará sin efecto la orden de domiciliación para pagos sucesivos correspondientes al mismo titular y objeto”.
Dos.- Se modifica el apartado 1 del artículo 38, que queda redactado del siguiente modo:
“Artículo 38. Solicitud.
1. Los aplazamientos y fraccionamientos se concederán por la Administración municipal, previa solicitud de los obligados al pago. No se admitirá la solicitud respecto de las siguientes deudas:
a) Las que se encuentren en período ejecutivo en cualquier momento posterior al de la notificación del acto administrativo por el que se acuerde la enajenación de los bienes embargados.
b) Las que tengan un importe inferior a 300 euros. No obstante, en casos muy cualificados y excepcionales, en función de la capacidad de pago del obligado, que deberá acreditarse en la propia solicitud, podrán admitirse a trámite solicitudes que se refieran a deudas de importe inferior”.
Tres.- El Índice Fiscal de Calles, anexo a la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, queda modificado, por lo expresado a continuación, en cada caso, como sigue:
"1. Viales que se dan de baja en el Índice Fiscal de Calles de 2012 por haber pasado en Base de Datos Ciudad (BDC) a la condición de "histórico" y no tener ninguna dirección oficial asociada.
Nombre del vial - código de vial en BDC
ARAUJO COSTA (CALLE DE) - código de vial 119700
AYOLUENGO (CALLE DE) - código de vial 2319
CANASTEROS (CALLE) - código de vial 1926
CAÑADA REAL DE MERINAS A LA AV. DE LA HISPANIDAD (ACCESO DE LA) - código de vial 906152
CHALANEROS (CALLE) - código de vial 1925
EMILIO ROMERAL (CALLE DE) - código de vial 264200
FRANCISCO MILLAS (CALLE DE) - código de vial 306700
GUIJARRO (CAMINO DEL) - código de vial 349900
HAYEDO (CALLE DEL) - código de vial 460700
ISABEL DE LAS HERAS (CALLE DE) - código de vial 377600
ISCAR (PLAZA DE) - código de vial 378800
ISMAEL HORCAJO (CALLE DE) - código de vial 386950
JUAN RODRÍGUEZ (CALLE DE) - código de vial 418125
JULIÁN CASTRILLO (CALLE DE) - código de vial 422100
JULIO BENITO (CALLE DE) - código de vial 423750
MURIEL (CALLE DE) - código de vial 526810
NARANJO DE BULNES (CALLE DEL) - código de vial 528600
OLMEDA (CALLE DE) - código de vial 416400
PALMEROS (CALLE) - código de vial 1927
RODRÍGUEZ ZAFRILLA (CALLE DE) - código de vial 645250
SEVERINO ORTEGA (CALLE DE) - código de vial 711650
SIERRA DE ARACENA (CALLE DE LA) - código de vial 713900
SIERRA DE PRIEGO (CALLE DE LA) - código de vial 719300
URBANO RODRÍGUEZ (CALLE DE) - código de vial 760600
2. Viales que se han dado de alta en el Callejero Municipal después de la generación del tramero del Índice Fiscal de 2011, con la asignación de categoría fiscal que les corresponde por la zona en la que se encuentran.
| Calle | Tramo | Categoría | ||||
| ANTONIO VEGA (PLAZUELA DE) | toda la calle | 2 | ||||
| JAVALQUINTO (CUESTA DE) | toda la calle | 4 | ||||
| NOVEMBER (CALLE) | toda la calle | 8 | ||||
| ÓSCAR | toda la calle | 8 | ||||
| PAPA (CALLE) | toda la calle | 8 | ||||
| PERICO EL GORDO | toda la calle | 7 | ||||
| PROVISIONAL COCHERAS CARABANCHEL (CALLE) | toda la calle | 9 | ||||
| PROVISIONAL CUÑA LATINA DOS (CALLE) | toda la calle | 6 | ||||
| PROVISIONAL CUÑA LATINA UNO (CALLE) | toda la calle | 6 | ||||
| PROVISIONAL LA PEINETA (AVENIDA) | toda la calle | 4 | ||||
| PROVISIONAL LA MEDINA CUATRO (CALLE) | toda la calle | 7 | ||||
| PROVISIONAL LA MEDINA DOS (CALLE) | toda la calle | 7 | ||||
| PROVISIONAL LA MEDINA TRES (CALLE) | toda la calle | 7 | ||||
| PROVISIONAL LA MEDINA UNO (CALLE) | toda la calle | 7 | ||||
| QUEBEC (CALLE) | toda la calle | 6 | ||||
| SOR MARÍA DE ÁGREDA (CALLE DE) | toda la calle | 5 | ||||
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica artículos 34.3 b), 38.1 y anexo (Índice Fiscal de Calles) de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, de 23 de diciembre de 2004. ANM 2021\386