Acuerdo de 12 de septiembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avocan determinadas competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano en el ámbito del Área de Regeneración y Rehabilitación Urbana Barrio del Aeropuerto y se delegan en el titular de la Dirección General de Conservación de Vías Públicas del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 16/09/2019
Identificador
ANM 2019\78
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
12/09/2019
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 16/09/2019 núm. 8482 pág. 4-6.
- BO. Comunidad de Madrid 26/09/2019 núm. 229 pág. 52-53.
Acuerdo de 12 de septiembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avocan determinadas competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano en el ámbito del Área de Regeneración y Rehabilitación Urbana Barrio del Aeropuerto y se delegan en el titular de la Dirección General de Conservación de Vías Públicas del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos
El Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, ha suscrito acuerdos y convenios que determinan la obtención de financiación para las actuaciones que han sido tipificadas como Áreas de Regeneración y Rehabilitación Urbanas (ARRUs) por las Administraciones competentes implicadas (Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Madrid), al amparo del Programa Estatal de fomento a la rehabilitación edificatoria, regeneración y renovación urbana, 2013-2016, aprobado por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, y el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre.
A tal efecto, se suscribieron compromisos con el Ministerio de Fomento y con la Comunidad de Madrid para actuar en seis Áreas de Regeneración y Rehabilitación Urbanas de Madrid: "Barrio de Manoteras, calle de Toledo, Conde Duque y Lavapiés", "San Nicolás-Arechavaleta-Ciudad de los Ángeles" y "Barrio de Moratalaz" en 2016; y "Barrio del Aeropuerto" y "la Colonia Experimental de Villaverde" en 2018.
En concreto, el 29 de noviembre de 2018 se suscribió el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid por el que se determinan las condiciones de gestión del Área de Regeneración y Renovación Urbana del Barrio del Aeropuerto, cuyo objeto es fijar las condiciones para que el Ayuntamiento de Madrid actúe como ente gestor en aplicación de lo establecido en el Acuerdo de la Comisión bilateral de fecha 19 de octubre de 2017 modificada por la adenda de 30 de mayo de 2018.
A fecha de hoy, y al amparo de la prórroga de plazo de vigencia del Real Decreto 233/2013 dispuesta en el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, y conforme a la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas regulada en la disposición transitoria primera del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, se continua ejecutando las obras de reurbanización de las cuatro ARRUs acordadas en 2016 y se está gestionando las ayudas a la rehabilitación del ARRU del Barrio del Aeropuerto, por cuanto que la convocatoria para la concesión de ayudas al ARRU de la Colonia Experimental de Villaverde ha quedado desierta, lo que implica automáticamente la imposibilidad de ejecución de ese acuerdo, tal y como se prevé en el mismo.
Ante esta situación, y tras el nuevo reparto competencial producido por el Acuerdo de 11 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, en el que se atribuyen al Área Delegada de Vivienda las competencias en desarrollar y fomentar la rehabilitación del parque residencial de la ciudad y resolver los procedimientos en materia de rehabilitación y regeneración, y se delegan en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración de la Concejalía Delegada de Vivienda, las competencias para tramitar los procedimientos en materia de rehabilitación y regeneración y las competencias en materia de coordinación y dirección de la ejecución de las actuaciones en las áreas de Rehabilitación definidas en los correspondientes planes, existen razones técnicas, de eficacia, economía y urgencia que aconsejan que la tramitación de los procedimientos de contratación necesarios para la realización de las actuaciones del ARRU del Barrio del Aeropuerto sean llevadas a cabo por la Dirección General de Conservación de Vías Pública.
La urgencia se deriva de que, en virtud de la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas regulada en la disposición transitoria primera del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, la fecha límite de finalización de las mencionadas obras es el 31 de diciembre de 2019. De manera que, en este contexto, y dada la fecha en que nos encontramos, la eficacia se centra en la circunstancia de que es la Dirección General de Conservación de Vías la que cuenta con los instrumentos contractuales y la estructura presupuestaria necesarios que permitan la tramitación de las actuaciones a ejecutar en el Barrio del Aeropuerto, a través del lote 2 del acuerdo marco para la ejecución de las obras de urbanización accesorias en actuaciones edificatorias con cargo a particulares y en los sistemas de gestión por cooperación y expropiación (expte. 132/2015/000305). Todo ello con la finalidad de alcanzar, en plazo, los niveles exigidos de ejecución de los compromisos adquiridos para la reurbanización del ARRU del Barrio del Aeropuerto.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias para tramitar los procedimientos en materia de rehabilitación y regeneración y las competencias relativas a la coordinación y dirección de la ejecución de las actuaciones en el Área de Regeneración y Rehabilitación Urbana del Barrio del Aeropuerto y que estas competencias sean posteriormente delegadas en el titular de la Dirección General de Conservación de Vías Públicas del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
Las competencias en materia de contratación y de gasto que se deriven de estas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en su reunión de 12 de septiembre de 2019,
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar las competencias delegadas en el Área Delegada de Vivienda y en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano en los apartados 13.º 2.2.4, 14.º 1.1.2 y 14.º 1.1.5 del Acuerdo de 11 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, única y exclusivamente en lo relativo a la resolución y tramitación de los procedimientos en materia de rehabilitación y regeneración, así como a la coordinación y dirección de la ejecución de las actuaciones en el Área de Regeneración y Rehabilitación Urbana del Barrio del Aeropuerto para la tramitación de los contratos basados y ejecución de las obras de reurbanización de las calles de Fuentenebro, Frías, Medina de Pomar y Salinas de Rosío en el Barrio del Aeropuerto (expedientes n.º 711/2019/22014 y 711/2019/08847).
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Queda sin efecto por el Acuerdo de 1 de julio de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto noventa acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2021\22