Acuerdo de 17 de octubre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 17 de junio de 2019 relativo a la constitución y régimen de sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 21/10/2019
Identificador
ANM 2019\135
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
17/10/2019
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 21/10/2019 núm. 8507 pág. 13.
Acuerdo de 17 de octubre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el acuerdo de 17 de junio de 2019 relativo a la constitución y régimen de sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
El Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, dispone en su artículo 20.6 que la Junta de Gobierno se reunirá con carácter ordinario con una periodicidad semanal, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas que apruebe la junta para su propio funcionamiento y para la adecuada preparación de las propuestas y resoluciones que deba adoptar.
Conforme a ello, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 17 de junio de 2019, acordó celebrar con carácter general sesión ordinaria los jueves a las 9:00 horas. Razones de eficacia en la celebración de dichas reuniones aconsejan retrasar su hora de inicio a las 9:30 horas.
En su virtud, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 17 de octubre de 2019,
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar el apartado segundo de su acuerdo de 17 de junio de 2019 relativo a la constitución y régimen de sesiones de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en los términos que se indican a continuación:
"SEGUNDO.- La Junta de Gobierno celebrará con carácter general sesión ordinaria los jueves a las 9:30 horas. El Alcalde podrá cambiar el día y la hora de las sesiones, así como suspenderlas.
Las sesiones se celebrarán, con carácter general, en el edificio en que tenga su sede la Alcaldía o en cualquier otra dependencia municipal cuando así lo determine el Alcalde".
SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
TERCERO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento del presente acuerdo.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica apartado segundo del Acuerdo de 17 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, relativo a la constitución y régimen de sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. ANM 2020\288