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Instrucciones

Decreto de 27 de octubre de 2000 de la Concejala del Área Delegada de Personal, por el que se aprueban las Instrucciones sobre adscripción de efectivos y provisión de vacantes en ejecución del vigente Convenio regulador y del Acuerdo sobre bases de la carrera profesional y administrativa de los empleados municipales

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 23/11/2000

Identificador

ANM 2000\74

Tipo de disposición

Instrucciones

Fecha de disposición

27/10/2000

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 23/11/2000 núm. 5418 pág. 3237-3238.

Decreto de 27 de octubre de 2000 de la Concejala del Área Delegada de Personal, por el que se aprueban las Instrucciones sobre adscripción de efectivos y provisión de vacantes en ejecución del vigente Convenio regulador y del Acuerdo sobre bases de la carrera profesional y administrativa de los empleados municipales

Por Acuerdo Plenario de 29 de mayo de 2000 se procedió a aprobar el Convenio regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid 2000-2003, en cuyo artículo 123 se establecen los principios generales de la provisión de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Madrid, a través de la implantación paulatina de los sistemas de concurso y libre designación, una vez elaboradas las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, mediante convocatorias, que habrán de incluir, en todo caso, los puestos de trabajo vacantes, los ocupados por funcionarios/as con nombramiento interino y los que no se encuentren ocupados con carácter definitivo, y que se desarrollarán de acuerdo con el procedimiento de las bases asimismo aprobadas como anexo al Convenio regulador. 

En este mismo sentido, se reconoce el carácter definitivo de la adscripción a aquellos/as funcionarios/as de carrera que figuren adscritos al mismo puesto de trabajo con anterioridad al 3.7.1999 y que durante los dos años anteriores a la mencionada fecha hubiesen desempeñado dicho puesto u otro de la misma categoría con nivel igual o superior. 

Por otro lado, y como anexo al Convenio regulador, el Ayuntamiento Pleno aprobó asimismo el acuerdo sobre bases de la carrera profesional y administrativa de los empleados municipales, que establece en cada uno de los grupos un nivel de acceso o de entrada como nivel mínimo de ingreso en el correspondiente grupo de titulación y como primer escalón de carrera administrativa, y un nivel de ascenso como nivel de complemento de destino efectivo correspondiente a los funcionarios/ as que hayan permanecido de forma continuada, al menos dos años, en puestos correspondientes al nivel de ascenso. Este acuerdo ha sido objeto de acuerdo complementario aprobado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 26.10.2000, del siguiente tenor literal: 

PRIMERO.- Aprobar el acuerdo complementario suscrito con fecha 23 de octubre de 2000, entre el Ayuntamiento de Madrid y organizaciones sindicales, de Ejecución del Acuerdo sobre Bases de la Carrera Profesional y Administrativa de los empleados municipales y aplicación de los fondos derivados del acuerdo de 5 de noviembre de 1999, aprobado por Acuerdo Plenario de 29 de mayo de 2000, que se concreta en los siguientes criterios de aplicación: 

I. Determinar las plazas de la plantilla orgánica que han sido modificadas conforme a la relación que se detalla en anexo adjunto, aplicándose excepcionalmente y por una sola vez, con carácter general, a todas las plazas ocupadas a 29 de mayo de 2000, fecha de aprobación por el Pleno Corporativo del Acuerdo de carrera profesional y administrativa de los empleados municipales.

II. Los puestos de acceso a que hace referencia el punto 4.1 del citado Acuerdo serán ocupados preferentemente por funcionarios de nuevo ingreso, sin perjuicio de que por causas debidamente motivadas sean cubiertos por el sistema reglamentariamente establecido. 

III. Los puestos de trabajo de la plantilla orgánica que tengan asignado nivel de ascenso, una vez queden vacantes, serán cubiertos por el sistema de provisión reglamentariamente establecido, pudiendo efectuarse su conversión en puestos de acceso en él supuesto de que los mismos queden vacantes. 

IV. La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con sus peticiones entre los puestos ofertados atendiendo el orden obtenido en el proceso selectivo. 

El personal interino nombrado con anterioridad a la fecha de aprobación efectiva del Acuerdo de 22 de mayo, que haya superado el correspondiente proceso selectivo, podrá optar a continuar en el puesto que viniera desempeñando siempre que sea de necesaria cobertura y no se trate de puestos de jefatura o tengan asignado un complemento de destino superior al de ascenso. 

V. Los puestos de trabajo afectados por el apartado cuarto del Acuerdo de carrera profesional (nivel de acceso y nivel de ascenso) figurarán en la plantilla municipal y las Relaciones de Puestos de Trabajo (R.P.T.s) con la clave "A..R." (a regularizar) en el apartado de observaciones, al objeto de proceder a su adaptación cuando necesidades organizativas lo justifiquen para dar cumplimiento a las medidas recogidas en el repetido Acuerdo de Carrera, procediéndose a elevar al Pleno Corporativo los correspondientes Acuerdos Plenarios sobre modificación de plantilla y R.P.T.s. 

SEGUNDO.- Facultar a la Alcaldía Presidencia para la interpretación y ejecución del presente Acuerdo." Al objeto de aplicar los referidos Acuerdos Plenarios, y de clarificar los procedimientos transitorios entre tanto se pone en marcha el sistema reglamentario de provisión de los puestos de trabajo mediante concurso o libre designación, se hace necesario dictar instrucciones para su aplicación y efectividad, facilitando asimismo la mayor difusión entre los diferentes servicios municipales. 

Es por ello que vengo en dictar las siguientes instrucciones de actuación, en virtud de las competencias delegadas por la Alcaldía Presidencia en su Decreto de 29.5.2000: 

a) La provisión de vacantes del Ayuntamiento de Madrid se efectuará a través de los sistemas reglamentarios de provisión de puestos de trabajo, en los términos del vigente Convenio municipal y Acuerdos de carrera profesional. 

b) Los puestos que, en aplicación de los Acuerdos Plenarios de 29.5.2000 y 26.10.2000, tengan asignado nivel de acceso, serán ocupados preferentemente por funcionarios de nuevo ingreso, a través de las correspondientes Ofertas de Empleo Público. Este destino tendrá carácter definitivo, debiendo permanecer el funcionario en el mismo un mínimo de dos años. 

Asimismo serán adscritos a plazas con nivel de acceso los funcionarios que reingresen al servicio activo y que no cuenten con dos años de antigüedad en la categoría en la que reingresen. 

Dichas vacantes podrán ser cubiertas por funcionarios interinos en supuestos de extraordinaria y urgente necesidad debidamente justificada por la concejalía responsable de la rama o área, y de conformidad con los requisitos previstos en la normativa vigente. Con carácter general, dichos nombramientos deberán ser sometidos previamente a consideración del grupo de trabajo sobre nombramiento de funcionarios interinos constituido en el seno de la Mesa de Empleo. 

La cobertura de estas plazas con otro tipo de personal sólo será posible por causas debidamente motivadas a criterio de los servicios de personal (regularización de situaciones administrativas, traslados por motivo de salud, adscripción de personal cesado en puestos de libre designación cuando no existan otras vacantes, etc.). 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 21 de marzo de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto cincuenta y un acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2024\26
Afecta a
  • Desarrolla artículo 123 del Acuerdo de 29 de mayo de 2000 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba el Convenio regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid. BO. Ayuntamiento de Madrid 13/07/2000 núm. 5399 pág. 19-38.

Descargar normativa

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