Decreto de 14 de noviembre de 2023 del Alcalde, por el que se modifica el Decreto de 29 de septiembre de 2023, de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 16/11/2023
Identificador
ANM 2023\88
Tipo de disposición
Decretos de Alcaldía
Fecha de disposición
14/11/2023
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 16/11/2023 núm. 9511 pág. 17.
Decreto de 14 de noviembre de 2023 del Alcalde, por el que se modifica el Decreto de 29 de septiembre de 2023, de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023
Por Decreto de 29 de septiembre de 2023, se concedió delegación especial a los titulares de las áreas de gobierno para que, de acuerdo con el turno que se determina en su apartado tercero, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 51 del Código Civil y en la forma que el propio Código establece, autoricen los matrimonios civiles en las fechas previstas en el calendario y lugares de celebración aprobados por decreto de la Concejal del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, de 13 de octubre de 2021.
En la actualidad, por razones sobrevenidas, resulta necesario modificar el turno establecido para autorizar los matrimonios civiles que tengan lugar el cuarto sábado del mes de noviembre en el Distrito de Retiro, de forma que sea el titular del Área de Delegada de Limpieza y Zonas Verdes, en lugar del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, quien autorice esos matrimonios.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil, en concordancia con el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
DISPONGO
PRIMERO.- Modificar el Decreto de 29 de septiembre de 2023, de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno durante eldurante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, que queda redactado en los términos que se indican a continuación:
El apartado tercero queda redactado en los siguientes términos:
"TERCERO.- La autorización de los matrimonios civiles tendrá lugar, en el Distrito de Centro, el cuarto sábado de cada mes (salvo en el mes de diciembre, que será el primero), y en el Distrito de Retiro, en el mes de octubre tendrá lugar el primer sábado; en el mes de noviembre, será el cuarto; y en el mes de diciembre, el tercero, estableciéndose el siguiente turno para los meses citados del año 2023:
- Octubre:
. Distrito de Retiro (primer sábado): titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
. Distrito de Centro (cuarto sábado): titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
- Noviembre:
. Distrito de Retiro (cuarto sábado): titular del Área Delegada de Limpieza y Zonas Verdes.
. Distrito de Centro (cuarto sábado): titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
- Diciembre:
. Distrito de Retiro (tercer sábado): titular del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda.
. Distrito de Centro (primer sábado): titular del Área de Economía, Innovación y Hacienda."
SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efecto desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica apartado tercero del Decreto de 29 de septiembre de 2023 del Alcalde, de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023. ANM 2023\125