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Decretos de Alcaldía

Decreto de 18 de abril de 2022 del Alcalde por el que se modifica el Decreto de 19 de noviembre de 2021 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados durante el año 2022

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 21/04/2022

Identificador

ANM 2022\45

Tipo de disposición

Decretos de Alcaldía

Fecha de disposición

18/04/2022

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 21/04/2022 núm. 9122 pág. 12.

Decreto de 18 de abril de 2022 del Alcalde por el que se modifica el Decreto de 19 de noviembre de 2021 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados durante el año 2022

Por Decreto de 19 de noviembre de 2021 se concedió delegación especial a los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados para que, de acuerdo con el turno que se determina en su apartado tercero, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 51 del Código Civil, y en la forma que el propio Código establece, autoricen los matrimonios civiles en las fechas previstas en el calendario y lugares de celebración aprobados por decreto de la Concejal del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, de 13 de octubre de 2021.

El Decreto de 19 de noviembre de 2021 desde su aprobación ha sido objeto de las siguientes modificaciones:

Por Decreto de 1 de diciembre de 2021 del Alcalde se dejó sin efecto la delegación especial a la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte para la celebración de los matrimonios civiles que iban a tener lugar el cuarto sábado del mes de enero en el Distrito de Centro.

Mediante Decreto de 21 de enero de 2022 del Alcalde se modificó el turno de los delegados de área establecido para el Distrito de Centro durante los meses de febrero y marzo de 2022.

Por Decreto de 11 de febrero de 2022 del Alcalde se modificó el turno del delegado de área establecido para el Distrito de Retiro durante el mes de febrero de 2022.

En la actualidad, resulta necesario modificar nuevamente el turno establecido para autorizar los matrimonios civiles que vayan a tener lugar el cuarto sábado del mes de abril en el Distrito de Centro, siendo el titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en lugar de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil, en concordancia con el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

DISPONGO

PRIMERO.- Modificar el apartado tercero del Decreto de 19 de noviembre de 2021 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados, que queda redactado en los términos que se indican a continuación:

"TERCERO.- La autorización de los matrimonios civiles tendrá lugar, en el Distrito de Centro, el cuarto sábado de cada mes (salvo en el mes de julio que será el quinto y en el mes de diciembre que será el primero), y en el Distrito de Retiro, el segundo sábado de cada mes (salvo en los meses de enero, septiembre y noviembre que será el tercero y en los meses de mayo y diciembre que será el primero), estableciéndose el siguiente turno para el año 2022:

- Enero:

- Distrito de Retiro (tercer sábado): Titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Concejal Presidente del Distrito de Centro.

- Febrero:

- Distrito de Retiro (segundo sábado): Titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

- Marzo:

- Distrito de Retiro (segundo sábado): Titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

- Abril:

- Distrito de Retiro (segundo sábado): Titular del Área de Gobierno Familias, Igualdad y Bienestar Social.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

- Mayo:

- Distrito de Retiro (primer sábado): Titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

- Junio:

- Distrito de Retiro (segundo sábado): Titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

- Julio:

- Distrito de Retiro (segundo sábado): Titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

- Distrito de Centro (quinto sábado): Titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

- Septiembre:

- Distrito de Retiro (tercer sábado): Titular del Área de Gobierno Familias, Igualdad y Bienestar Social.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

- Octubre:

- Distrito de Retiro (segundo sábado): Titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

- Noviembre:

- Distrito de Retiro (tercer sábado): Titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.

- Distrito de Centro (cuarto sábado): Titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

- Diciembre:

- Distrito de Retiro (primer sábado): Titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

- Distrito de Centro (primer sábado): Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte".

SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efecto desde la fecha de su adopción sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica apartado tercero del Decreto de 19 de noviembre de 2021 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados durante el año 2022. ANM 2022\145

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