Resolución de 17 de abril de 2012 del Coordinador General de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras, por la que se hace pública la Instrucción 6/2012 relativa a los criterios aplicables para la exigencia y devolución de la fianza por residuos de construcción y demolición
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 17/05/2012
Identificador
ANM 2012\41
Tipo de disposición
Instrucciones
Fecha de disposición
17/04/2012
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 17/05/2012 núm. 6675 pág. 3-6.
TERCERO.- Para evitar la dilación en la tramitación de los expedientes de devolución de fianzas y favorecer la simplificación administrativa de los procedimientos, corresponderá al órgano municipal competente de la gestión correspondiente, realizar la acreditación documental, prevista en el artículo 10.2 de la Orden 2726/2009, a efectos de informar la procedencia o no de la devolución de la fianza constituida. Esta verificación documental se ajustará estrictamente a lo dispuesto en el citado artículo 10.2.
En caso de que no procediera la devolución de la garantía constituida para la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición por no haberse justificado en los términos previstos en la normativa la adecuada gestión de los residuos, se informará desfavorablemente por el órgano municipal encargado de la gestión correspondiente proponiendo su incautación e imputación al artículo 3 del Presupuesto de Ingresos, subconcepto 399.05 "Incautación de garantías de contratos" o el que, en su caso, se cree específicamente para ello.
A la vista del acuerdo adoptado por la Comisión Técnica de Seguimiento e Interpretación de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas, en su sesión ordinaria de 17 de abril de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado b) del artículo 7 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de enero de 2012, se formaliza la presente instrucción, la cual producirá efectos desde la fecha de su aprobación sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Queda sin efecto por el Acuerdo de 21 de marzo de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto cincuenta y un acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2024\26
- Desarrolla artículos 40 y 41 de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos, de 27 de febrero de 2009. ANM 2022\150