Acuerdo de 20 de junio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifican los acuerdos de 29 de junio de 2023 de organización y competencias de las Áreas de Gobierno, de los Distritos y de la Coordinación General de Alcaldía
Versión
Texto inicial publicado el 24/06/2024
Identificador
ANM 2024\58
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
20/06/2024
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 24/06/2024 núm. 9659 pág. 19-24.
SEGUNDO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 7.º, se añade un nuevo punto 3.5, que queda redactado en los siguientes términos:
"3.5. Subvenciones.
La concesión de las subvenciones directas por razones excepcionales de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública requerirá autorización previa de la Junta de Gobierno.
La autorización previa a la concesión directa de la subvención incluirá la autorización del gasto cuando así proceda por razón de la cuantía. En los restantes supuestos, la autorización del gasto por el órgano competente se efectuará una vez otorgada la autorización previa".
TERCERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, en los términos que se indican a continuación:
Uno.- En el apartado 3.º, se modifica el punto 1.9, que queda redactado en los siguientes términos:
"1.9. Convocar y conceder subvenciones, así como formular la solicitud a otras administraciones públicas de aquellas que incidan en su ámbito competencial".
Dos.- En el apartado 23.º, se añade un nuevo punto 3.6, que queda redactado en los siguientes términos:
"3.6. Subvenciones.
La concesión de las subvenciones directas por razones excepcionales de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública requerirá autorización previa de la Junta de Gobierno.
La autorización previa a la concesión directa de la subvención incluirá la autorización del gasto cuando así proceda por razón de la cuantía. En los restantes supuestos, la autorización del gasto por el órgano competente se efectuará una vez otorgada la autorización previa".
CUARTO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:
Uno.- En el apartado 3.º, se modifica el punto 1.9, que queda redactado en los siguientes términos:
"1.9. Convocar y conceder subvenciones, así como formular la solicitud a otras administraciones públicas de aquellas que incidan en su ámbito competencial".
Dos.- En el apartado 13.º, se añade un nuevo punto 3.6, que queda redactado en los siguientes términos:
"3.6. Subvenciones.
La concesión de las subvenciones directas por razones excepcionales de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública requerirá autorización previa de la Junta de Gobierno.
La autorización previa a la concesión directa de la subvención incluirá la autorización del gasto cuando así proceda por razón de la cuantía. En los restantes supuestos, la autorización del gasto por el órgano competente se efectuará una vez otorgada la autorización previa".
QUINTO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en los términos que se indican a continuación:
Uno.- En el apartado 3.º, se modifica el punto 1.9 y se añade un nuevo punto 2.23, que quedan redactados en los siguientes términos:
"1.9. Convocar y conceder subvenciones, así como formular la solicitud a otras administraciones públicas de aquellas que incidan en su ámbito competencial".
"2.23. Elevar a la Junta de Gobierno la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de su actualización y modificación, así como de los informes anuales de su seguimiento y evaluación".
Dos.- En el apartado 7.º, se modifica el punto 1.1, que queda redactado en los siguientes términos:
"1.1. Subvenciones públicas.
Coordinar y establecer criterios homogéneos para la elaboración del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, así como para el seguimiento de su ejecución".
Tres.- En el apartado 17.º, se añade una nueva letra g) en el punto 1.4 y se modifica el punto 1.5, que quedan redactados en los siguientes términos:
"g) Informar con carácter preceptivo las reclamaciones realizadas en vía administrativa que afecten a los aspectos económico-financieros de los contratos o negocios jurídicos que hayan sido objeto de informe previo de acuerdo con las letras e) o f) anteriores.
1.5. Subvenciones públicas.
a) Elaborar estudios, informes y propuestas en relación con las distintas líneas de subvenciones municipales, analizando las prioridades establecidas en la asignación de los recursos públicos y orientando el desarrollo de las políticas de fomento hacia los resultados.
b) Informar sobre la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos y evaluación de resultados en las subvenciones de concurrencia competitiva o de concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario. El informe será previo a la convocatoria o concesión directa de las subvenciones, salvo los supuestos de emergencia social.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Añade apartado 7.º 3.5 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos. ANM 2024\98
- Modifica apartado 3.º 1.9 y añade apartado 12.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. ANM 2024\97
- Modifica apartado 3.º 1.9 y añade apartado 23.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. ANM 2024\96
- Modifica apartado 3.º 1.9 y añade apartado 13.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. ANM 2024\95
- Modifica apartado 3.º 1.9 y añade apartado 19.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. ANM 2024\85
- Modifica apartado 3.º 1.9 y añade apartado 13.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía ANM 2024\69
- Modifica apartado 3.º 1.9 y añade apartado 9.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda. ANM 2024\68
- Modifica apartado 3.º 1.9 y añade apartado 13.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. ANM 2024\67
- Modifica apartados 3.º 1.9, 7.º 1.1 y 17.º 1.5 y añade apartados 3.º 2.23, 17.º 1.4 g) y 25.º 3.6 al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. ANM 2024\65
- Deja sin efecto Acuerdo de 8 de febrero de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban la guía para la elaboración de los planes estratégicos de subvenciones, el modelo de Plan Estratégico de Subvenciones así como las directrices para su modificación. ANM 2018\12