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Ordenanzas municipales

Modificación de 27 enero 1995 de la Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid, 28 de junio de 1993

Versión

Texto inicial publicado el 03/03/1995

Identificador

ANM 1995\8

Tipo de disposición

Ordenanzas municipales

Fecha de disposición

27/01/1995

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 27/04/1995 núm. 5127 pág. 675-676.
- BO. Comunidad de Madrid 03/03/1995 núm. 53 pág. 21.

 

Modificación de 27 enero 1995 de la Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid, 28 de junio de 1993

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión de fecha 27 de enero de 1995, aprobó definitivamente la modificación de los artículos 45, 85 y 10.13 y supresión de las tablas 1-5 a 1-9, ambas inclusive, del anexo 1, de la ordenanza de prevención de incendios, quedando redactado de la siguiente forma:

"Artículo 45.

A efectos de la presente ordenanza se consideran edificios en altura todos aquellos en los que existan puntos cuya altura de evacuación sea igual o superior a 28 metros".

"Artículo 85.

Los conductos de distribución de aire en cualquier caso, deben estar realizados con productos M1 como máximo".

"Artículo 10.13.

A efectos de la presente ordenanza se considera edificio en altura (EGA) todo aquel que disponga de plantas en las que existan puntos cuya altura de evacuación sea igual o superior a 28 metros. Este tipo de edificio queda calificado no evacuable".

Supresión de las tablas I-5 a I-9, ambas inclusive, del anexo I.

La presente modificación entrará en vigor a partir del día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad De Madrid".

 

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica artículos 10.13, 45, 85 y anexo I de la Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de junio de 1993. ANM 1995\9
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