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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 5 de febrero de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba definitivamente el Protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 09/02/2015

Identificador

ANM 2015\5

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

05/02/2015

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 09/02/2015 núm. 7348 pág. 10-11.
- BO. Comunidad de Madrid 19/02/2015 núm. 42/2015 pág. 50-56.

Medidas informativas 3:

Se activará el Sistema de Alertas en Salud Ambiental, procediendo a la notificación a los informadores clave2 para dar la máxima difusión de las recomendaciones sanitarias a la población, consistente en Información de prevención en salud ambiental y de minimización de la exposición:

- En las situaciones de superación de 3 días consecutivos del nivel de Preaviso, o de superación del nivel Aviso, las recomendaciones se dirigirán únicamente a población especialmente sensible como mayores, niños y personas con patología respiratoria o cardiovascular crónica e inmunodeprimidos, mientras que en el caso de Alerta, se dirigirán a toda la población.

- En caso de alcanzar el nivel de alerta, deberán establecerse medidas de minimización de la exposición de la población a esta contaminación atmosférica. Para ello se procederá a proponer la limitación de la práctica de determinadas actividades al aire libre:

- Prácticas deportivas tanto individuales como colectivas.

- Actividades extraescolares.

- Trabajo exterior.

- Actividades en exterior realizadas en centros geriátricos, centros médicos, hospitales, centros infantiles, y similares.

Medidas de Restricción del Tráfico Fase 1.

- Limitación de velocidad a 70 km/h en la M-30 y en los tramos de las carreteras de acceso a Madrid, comprendidas en el interior de la M-40: en las vías de acceso a Madrid, en ambos sentidos, y en la M-30 se tomarán las medidas oportunas para adaptar la señalización al nuevo límite de velocidad lo que implicará que el Ayuntamiento de Madrid solicitará al Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, el establecimiento de la limitación de velocidad y el control de su cumplimiento en las vías interurbanas.

Medidas de Restricción del Tráfico Fase 2.

- Medidas de Restricción del Tráfico Fase 1.

- Prohibición del estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del SER en el interior de la M-303 : Se realizarán las actuaciones necesarias para que no pueda obtenerse ningún tique (real o virtual) para estacionar por los no residentes y además se informará de dicha circunstancia en la pantalla del parquímetro y del teléfono. Para el control de la aplicación de esta prohibición se contará con los controladores del SER.

Medidas de Restricción del Tráfico Fase 3.

-  Medidas de Restricción del Tráfico Fase 2.

- Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (área interior de la M-30) del 50%4 de todos los vehículos (excepto transporte público, transporte escolar, vehículos comerciales, ciclomotores, motos, bicicletas, vehículos “cero emisiones”, de personas con movilidad reducida y servicios esenciales5). La Policía Municipal establecerá filtros de entrada en todos los accesos al área en cuestión, no permitiendo el paso a los vehículos no autorizados. Los Agentes de Movilidad harán controles aleatorios del cumplimiento de la medida en el interior de la almendra central, imponiendo sanciones en caso de incumplimiento.

- Restricción de la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M-30). Los vehículos autotaxi, que no pertenezcan a las categorías excepcionadas, no podrán circular en vacío para captar clientes, y solo podrán circular en posición de ocupado, exhibiendo en el módulo luminoso la tarifa que corresponda y con la luz verde apagada. En este caso se incluyen también los que circulen para atender servicios concertados. Una vez finalizado el servicio, se deberá estacionar a la espera de viajeros con la luz verde encendida. Si se desea salir de la zona de restricción del interior de la M-30, solo se podrá hacer con el taxímetro apagado y sin poder captar viajeros.

Medidas de Restricción del Tráfico Fase 4.

- Medidas de Restricción del Tráfico Fase 2.

- Restricción de la circulación en la almendra central así como de la circulación por la M-30 del 50% de todos los vehículos con las excepciones dispuestas en el presente documento. Además de las medidas previstas en el punto anterior, la Policía Municipal establecerá controles aleatorios de comprobación del cumplimiento de la medida en distintos puntos de la ciudad (fundamentalmente salidas) y en caso de incumplimiento impondrá la correspondiente sanción. En colaboración con la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de la Dirección General de Tráfico se establecerán filtros, adicionales de entrada en el perímetro de la M-40, controlando el acceso y el cumplimiento de las restricciones haciendo uso del equipamiento de gestión de tráfico.

- Restricción de la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M-30). Los vehículos autotaxi, que no pertenezcan a las categorías excepcionadas, no podrán circular en vacío para captar clientes, y solo podrán circular en posición de ocupado, exhibiendo en el módulo luminoso la tarifa que corresponda y con la luz verde apagada. En este caso se incluyen también los que circulen para atender servicios concertados. Una vez finalizado el servicio, deberán estacionar a la espera de viajeros con la luz verde encendida. Si se desea salir de la zona de restricción del interior de la M30, solo se podrá hacer con el taxímetro apagado y sin poder captar viajeros.

Medidas de Promoción del Transporte Público.

- El Ayuntamiento de Madrid solicitará al Consorcio Regional de Transportes de Madrid que adopte las medidas necesarias para maximizar la capacidad del transporte público en la Comunidad de Madrid con el fin de absorber con la mayor eficacia el previsible incremento de viajeros durante el periodo de duración de las medidas de restricción del tráfico. En este contexto, el sistema de transportes de la Comunidad de Madrid dispone de una reserva de capacidad, en la totalidad de sus modos, de alrededor del 40%. Con esta capacidad se podrían canalizar las solicitudes de viajes provenientes del vehículo privado. Esta reserva de capacidad se podría ver aumentada en aproximadamente un 10% ya que existen recursos adicionales a poner en el sistema porque en las horas punta no se utilizan todos los recursos humanos y materiales disponibles por las empresas operadoras.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 21 de enero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba definitivamente el Protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno. ANM 2016\6

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