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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 29 de abril de 2014 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establecen directrices para la aprobación del régimen jurídico aplicable a la concesión directa de subvenciones por razones de interés público, social, económico o humanitario u otras que dificulten la convocatoria pública

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 05/05/2014

Identificador

ANM 2014\14

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

29/04/2014

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 05/05/2014 núm. 7159 pág. 5 - 10

 

16. Modalidad de justificación.

Se determinará la modalidad de justificación que proceda: cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto, cuenta justificativa simplificada, cuenta justificativa con informe de auditor, justificación por módulos o justificación a través de estados contables, concretando el contenido, documentación y requisitos de la modalidad elegida.

 

17. Plazo de Justificación.

Se establecerá el plazo de justificación y se indicará sucintamente las consecuencias del incumplimiento.

 

18. Causas y procedimiento de reintegro.

Se podrán determinar causas adicionales a las previstas en la normativa que en el supuesto concreto den lugar al reintegro de la subvención, con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago.

 

19. Devolución a iniciativa del perceptor.

Se concretarán los medios disponibles para los beneficiarios a través de los cuales puedan realizar la devolución voluntaria de la subvención.

 

20. Normativa aplicable.

La concesión de la subvención se regirá, además de por lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno que apruebe su régimen jurídico, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de octubre de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.

 

21. Concesión de la Subvención

Una vez adoptado el Acuerdo que apruebe el régimen jurídico aplicable a la concesión directa de la subvención o subvenciones por la Junta de Gobierno, conforme al procedimiento establecido en la directriz 1ª, la resolución que se adopte o el convenio que se suscriba por el órgano competente para la concesión de la subvención, previa la oportuna fiscalización del gasto, deberá ajustarse, en todo caso, al contenido del mismo.

 

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 21 de marzo de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto cincuenta y un acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2024\26

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