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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 13 de octubre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se determinan los requisitos para el establecimiento del sistema automatizado de control del uso y las condiciones de utilización de las reservas de carga y descarga, mediante la aplicación Madrid DUM 360

Versión

Texto inicial publicado el 17/10/2022

Identificador

ANM 2022\133

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

13/10/2022

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 17/10/2022 núm. 9244 pág. 11-13.
- BO. Comunidad de Madrid 25/10/2022 núm. 254 pág. 289.

Notas

Mediante Acuerdo de 1 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se establece como fecha de efectos de este acuerdo el 25 de septiembre de 2023.

No obstante, se podrán establecer tiempos máximos de uso diferentes que permitan aumentar la disponibilidad de plazas libres, reducir la indisciplina en el estacionamiento, maximizar la rotación, optimizar las rutas de los operadores logísticos, reducir los trayectos en busca de estacionamiento y, en general, reducir la emisión de gases contaminantes y de efecto invernadero a fin de preservar el medio ambiente y la salud de las personas. El tiempo máximo de uso se establecerá, con el objetivo indicado, atendiendo a los siguientes criterios: de ámbito espacial; en función de la clasificación ambiental de los vehículos; de su Masa Máxima Autorizada; y de la necesidad específica de tiempo según las características de la actividad. Asimismo, tal y como establece el artículo 201.4 de la OMS, el uso de las reservas de carga y descarga estarán sujetas al pago de las exacciones que, en su caso, se establezcan.

Una vez analizada la demanda en función de los datos obtenidos por el propio funcionamiento del sistema, podrán establecerse tiempos de uso máximo diferenciados del propuesto inicialmente, por aplicación de cualquiera de los criterios señalados. La modificación de los tiempos máximos de uso se realizará conforme a lo previsto en el artículo 202.2 de la OMS y se comunicará a través de la aplicación Madrid DUM 360.

F) La persona usuaria deberá informar al sistema de la finalización del uso de la reserva. Se podrán establecer bonos adicionales de tiempo para aquellos usuarios que cierren su tique adecuadamente antes del tiempo máximo permitido. Además, existirá un cierre automático que será de aplicación cuando el usuario se aleje a cierta distancia de la reserva sin haber cerrado el tique.

G) No se permitirá más de una operación simultánea para una misma matrícula.

H) El incumplimiento de estos requisitos será sancionado como infracción de estacionamiento conforme a la legislación de tráfico, circulación y seguridad vial.

SEGUNDO.- Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental establecer el tiempo máximo de uso de las reservas de carga y descarga conforme a lo establecido en el apartado anterior, en los términos del artículo 202.2 de la OMS y conforme al apartado 12º.1.3 b) del acuerdo de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

TERCERO.- Existirá otra aplicación similar dirigida a los titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR), a fin de facilitar la gestión de su estacionamiento en las reservas de carga y descarga, conforme al artículo 224.7 de la OMS. Una vez puesta en funcionamiento dicha aplicación, los titulares de TEPMR se deberán dar de alta en el sistema y obtener el correspondiente título habilitante, gratuito y sin límite de tiempo, para estacionar en la reserva de carga y descarga. Asimismo, deberán informar a través del mismo sistema del momento en el que abandonen la misma.

CUARTO.- El presente acuerdo producirá efectos a partir del día 15 de enero de 2023, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

No obstante, con el objetivo de lograr una mayor difusión del nuevo sistema automatizado de control del uso de las reservas de carga y descarga, así como contribuir a una mejora del principio de seguridad jurídica, se irá informando a los usuarios que incumplan los requisitos establecidos en el presente acuerdo de ello, a través de unos avisos que se dejarán en los vehículos de los que estén haciendo uso.

Asimismo, se informará de que estas actuaciones serán susceptibles de denuncia a partir de que el presente acuerdo produzca efectos. Dada la complejidad que supone la puesta en marcha del sistema informático que da soporte a la nueva aplicación móvil, si fuera necesario retrasar el inicio de la formulación de denuncias hasta la verificación de su correcto funcionamiento, la Junta de Gobierno adoptaría un acuerdo indicando la nueva fecha de efectos, al que se daría la oportuna publicidad mediante su publicación oficial.

En todo caso, las denuncias relativas al uso indebido de las reservas de carga y descarga que no estén directamente relacionadas con el uso de la nueva aplicación móvil, seguirán su curso, tal y como se viene realizando en la actualidad.

Modificado el apartado cuarto por el Acuerdo de 1 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la nueva fecha de efectos del Acuerdo de 13 de octubre de 2022 por el que se determinan los requisitos para el establecimiento del sistema automatizado de control del uso y las condiciones de utilización de las reservas de carga y descarga, mediante la aplicación Madrid DUM 360

Modificado el apartado cuarto por el Acuerdo de 12 de enero de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la nueva fecha de efectos del Acuerdo de 13 de octubre de 2022 por el que se determinan los requisitos para el establecimiento del sistema automatizado de control del uso y las condiciones de utilización de las reservas de carga y descarga, mediante la aplicación Madrid DUM 360

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Modificado el apartado cuarto por el Acuerdo de 1 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la nueva fecha de efectos del Acuerdo de 13 de octubre de 2022 por el que se determinan los requisitos para el establecimiento del sistema automatizado de control del uso y las condiciones de utilización de las reservas de carga y descarga, mediante la aplicación Madrid DUM 360. ANM 2023\41
  • Modificado el apartado cuarto por el Acuerdo de 12 de enero de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la nueva fecha de efectos del Acuerdo de 13 de octubre de 2022 por el que se determinan los requisitos para el establecimiento del sistema automatizado de control del uso y las condiciones de utilización de las reservas de carga y descarga, mediante la aplicación Madrid DUM 360. ANM 2023\2
Afecta a
  • Desarrolla artículo 202 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018. ANM 2023\152

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