Decreto de 26 de junio de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, por el que se modifica el Decreto de 12 de junio de 2025, por el que se aprueban las Instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2026 y 2027
Versión
Texto inicial publicado el 30/06/2025
Identificador
ANM 2025\55
Tipo de disposición
Instrucciones
Fecha de disposición
26/06/2025
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 30/06/2025 núm. 9910 pág. 17-27.
(2 La celebración de matrimonios civiles en sábado estará sujeta a una tasa específica de acuerdo con la regulación que se establezca en la correspondiente ordenanza fiscal).
Horarios de celebración (salvo mes de agosto)
Distrito
De lunes a viernes
Sábado3
Usera.
Primer miércoles.
Segundo miércoles (enero, abril, septiembre y noviembre).
Tercer miércoles (diciembre).
De 10:00 a 13:00.
Primero.
Segundo (enero, abril, mayo, junio, septiembre y diciembre).
Tercero (noviembre).
De 10:00 a 13:00.
Puente de Vallecas.
Primer jueves.
Segundo jueves (enero, abril, septiembre, octubre y diciembre).
De 10:30 a 13:30.
Primero.
Segundo (enero, abril, mayo, septiembre, noviembre y diciembre).
De 9:00 a 12:00.
Moratalaz.
Segundo jueves.
De 11:00 a 14:00.
Primero.
Segundo (enero, abril, mayo, septiembre, noviembre y diciembre).
De 12:30 a 15:30.
Ciudad Lineal.
Primer jueves (mayo).
Segundo jueves (febrero, marzo, junio, julio, septiembre y noviembre).
Tercer jueves (enero, abril, octubre y diciembre).
De 11:30 a 14:30.
Segundo (febrero, marzo, mayo, junio, julio, septiembre y noviembre) .
Tercero (enero, abril, octubre y diciembre).
De 10:30 horas a 13:30.
Hortaleza.
Primer viernes (febrero, marzo, junio, julio y octubre).
Segundo viernes (enero, abril, mayo, septiembre, noviembre y diciembre).
De 11:00 a 14:00.
Primero (febrero, marzo, junio, julio y octubre).
Segundo (enero, abril, mayo, septiembre, noviembre y diciembre).
De 10:30 a 13:30.
(3 La celebración de matrimonios civiles en sábado estará sujeta a una tasa específica de acuerdo con la regulación que se establezca en la correspondiente ordenanza fiscal).
Horarios de celebración (salvo mes de agosto)
Distrito
De lunes a viernes
Sábado4
Villaverde.
Segundo viernes (febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, noviembre y diciembre).
Tercer viernes (enero y octubre).
De 11:00 a 14:00.
Segundo (febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, noviembre y diciembre).
Tercero (enero y octubre).
De 11:00 a 14:00.
Villa de Vallecas.
Segundo viernes.
Tercer viernes (enero y octubre).
De 11:00 a 14:00.
Segundo.
Tercero (enero y octubre).
De 11:00 a 14:00.
Vicálvaro.
Segundo jueves.
De 12:30 a 15:30.
Tercero.
Segundo (marzo).
Cuarto (mayo).
De 12:30 a 15:30.
San Blas-Canillejas.
Tercer jueves.
Cuarto jueves (marzo).
De 09:30 a 12:30.
Cuarto.
Tercero (marzo y julio).
Segundo (diciembre).
De 12:30 a 15:30.
Barajas.
Tercer jueves.
Segundo jueves (marzo).
De 11:00 a 14:00.
Tercero.
Segundo (marzo).
Cuarto (mayo).
De 9:30 a 12:30.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Modifica anexo II del Decreto de 12 de junio de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, por el que se aprueban las Instrucciones para la autorización de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Madrid y el calendario de celebración para los años 2026 y 2027. ANM 2025\56