Saltar navegación
Decretos de Concejal

Decreto de 8 de marzo de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se aprueban los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares de general aplicación en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, que han de regir en los contratos de servicios a celebrar por procedimiento abierto sin lotes y procedimiento abierto simplificado sin lotes y en los contratos de suministros a celebrar por procedimiento abierto sin lotes

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2018\21

Tipo de disposición

Decretos de Concejal

Fecha de disposición

08/03/2018

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 12/03/2018 núm. 8111 pág. 19-293.

Decreto de 8 de marzo de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se aprueban los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares de general aplicación en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, que han de regir en los contratos de servicios a celebrar por procedimiento abierto sin lotes y procedimiento abierto simplificado sin lotes y en los contratos de suministros a celebrar por procedimiento abierto sin lotes

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, se atribuye a la Dirección General de Contratación y Servicios la competencia para "realizar la ordenación de los procedimientos de contratación administrativa, así como la normalización de los documentos en la materia".

El Área de Gobierno de Economía y Hacienda, haciendo uso de esa atribución, ha considerado preciso modificar los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares declarados de general aplicación mediante Decreto de 19 de octubre de 2017, del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, que han de regir en los contratos de servicios y suministros a celebrar por procedimiento abierto.

A través de esta modificación, se han adaptado los pliegos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

De conformidad con su disposición final decimosexta, la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tendrá lugar, con carácter general, a los cuatro meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, siendo, por tanto, la fecha de entrada en vigor el 9 de marzo de 2018, todo ello sin perjuicio de las excepciones previstas en la citada Disposición.

La Dirección General de Contratación y Servicios, al objeto de dotar a los gestores municipales de las herramientas jurídicas precisas para llevar a cabo la realización de su actividad contractual adaptada a la nueva ley, ha elaborado los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares que han de regir los contratos de servicios y suministros, a celebrar por los siguientes procedimientos:

- Contrato de servicios a celebrar por procedimiento abierto sin lotes.

- Contrato de servicios a celebrar por procedimiento abierto simplificado sin lotes.

- Contrato de suministros a celebrar por procedimiento abierto sin lotes.

Los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares que se aprueban se declaran de general aplicación en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

Estos pliegos incluyen notas a pie de página. Estas notas tienen un carácter meramente aclaratorio y van dirigidas a informar fundamentalmente al órgano de contratación sobre la correcta elaboración de los mismos, sin que dichas notas puedan considerarse parte integrante del contenido de los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares.

En este mismo sentido, no se considerarán modificaciones de los pliegos las actualizaciones normativas que se deban llevar a cabo en relación con el contenido de los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Toda vez que la aprobación de los modelos tienen origen en su obligada adaptación a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la entrada en vigor del mismo y, por tanto, sus efectos se demorarán hasta la fecha de entrada en vigor de la citada norma, previéndose un periodo transitorio ajustado a los términos de la citada ley.

Todos los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares han sido informados favorablemente por la Dirección General de la Asesoría Jurídica, de conformidad con el vigente artículo 115.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en previsión de la entrada en vigor de la LCSP conforme a su artículo 122.7, así como con el artículo 28 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.

En virtud de lo expuesto, con el fin de agilizar, simplificar, homogeneizar el procedimiento y la gestión de la contratación en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, en uso de las competencias atribuidas en el apartado 3.4.2 a) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, y vistos los informes favorables de la Dirección General de la Asesoría Jurídica,

DISPONGO

PRIMERO.- Declarar de general aplicación en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares que han de regir los contratos de servicios y suministros que seguidamente se relacionan y cuyos textos se incorporan como anexo al presente decreto:

- Contrato de servicios tramitado por procedimiento abierto sin lotes.

- Contrato de servicios tramitado por procedimiento abierto simplificado sin lotes.

- Contrato de suministros tramitado por procedimiento abierto sin lotes.

SEGUNDO.- Ordenar la publicación en la Intranet del Ayuntamiento de Madrid, en la ruta Ayre general>gestión municipal>contratación>modelos de documentos>pliegos de cláusulas administrativas, de los modelos de pliegos de cláusulas referidos, los cuales quedarán automáticamente actualizados cuando sean modificadas las referencias contenidas en los mismos respecto a plazos, cuantías, porcentajes y citas de normativa actualmente vigente, cuando sean modificadas por disposiciones posteriores.

TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos desde el día 9 de marzo de 2018.

No obstante lo anterior, los expedientes de contratación iniciados antes de la entrada en vigor del presente decreto, proseguirán con su tramitación. A estos efectos, se entenderá que los expedientes de contratación han sido iniciados si se hubiera publicado la correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato.

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 1 de julio de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto noventa acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2021\22
Subir Bajar