Acuerdo de 15 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se determina la publicación de las agendas de los titulares de los órganos directivos y del personal eventual de Gabinete
Versión
Texto inicial publicado el 19/10/2015
Identificador
ANM 2015\56
Tipo de disposición
Acuerdos Junta de Gobierno
Fecha de disposición
15/10/2015
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 19/10/2015 núm. 7520 pág. 4-5.
Acuerdo de 15 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se determina la publicación de las agendas de los titulares de los órganos directivos y del personal eventual de Gabinete
En el moderno proceso de toma de decisiones por los responsables políticos, la publicación de las agendas de los cargos públicos es una medida fundamental para garantizar la transparencia de las instituciones. De esta forma, la ciudadanía pueda tener una idea clara de quiénes participan en el proceso de toma de decisiones.
En línea con este espíritu de apertura, y con la decidida voluntad de que exista fluidez en la información, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobó con fecha 2 de julio de 2015 el Acuerdo por el que se determina la publicación de las agendas de los Concejales con responsabilidades de gobierno en las áreas y en los distritos.
Continuando con la política de información a la ciudadanía acerca de la actividad administrativa y del proceso de toma de decisiones, y para garantizar una mayor colaboración y participación ciudadana en las políticas públicas, se considera necesario hacer públicas las agendas de los titulares de los órganos directivos y del personal eventual de los gabinetes, de forma que sea posible saber qué trabajo realizan y qué colectivos o circunstancias pueden tener repercusión en las decisiones que se toman.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 18 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 15 de octubre de 2015,
ACUERDA
PRIMERO.- Las agendas de los titulares de los órganos directivos y del personal eventual que integra los gabinetes y tenga la condición de director, vocal asesor o asesor se harán públicas a través de la web del Ayuntamiento de Madrid con la periodicidad y antelación necesaria en función del acto o reunión de que se trate, al objeto de facilitar el conocimiento de las actividades y tareas concretas.
SEGUNDO.- La información que se publicará será la relativa a la asistencia a reuniones, eventos o encuentros que se mantengan con personas físicas o representantes de personas jurídicas ajenas a la organización municipal sobre asuntos relacionados con la actividad del Ayuntamiento de Madrid, se celebren tanto en instalaciones y dependencias del Ayuntamiento de Madrid como fuera de ellas.
TERCERO.- La publicación será competencia de cada titular del órgano o puesto de trabajo correspondiente utilizando las herramientas que se pongan a su disposición por el Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, aplicando los criterios e interpretaciones generales, siempre con el objetivo de cumplir la finalidad de potenciar la transparencia y conocimiento por la ciudadanía de las tomas de decisiones, actividad y gestión de las administraciones públicas.
CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto a dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación. Por el órgano directivo de dicha área competente en materia de transparencia se elaborará una guía para la publicación de las agendas, que determinará las características técnicas y los detalles de uso e interpretación que se mantendrá actualizada y a la que se dará la máxima publicidad.
QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos a partir de la aprobación de las instrucciones necesarias para la puesta en marcha de la publicación de las agendas. No obstante, la información que aparecerá en ellas será la que se genere a partir de la fecha del presente acuerdo.
SEXTO.- Este acuerdo se publicará en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es y en la intranet "ayre".
SÉPTIMO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.