Resolución de 12 de mayo de 2014 del Presidente del Consejo Rector de la Agencia de Actividades, por la que se aprueba el protocolo aclarativo sobre la documentación que debe acompañar a la declaración responsable
Disposición no vigente
Versión
Texto inicial publicado el 23/05/2014
Identificador
ANM 2014\21
Tipo de disposición
Instrucciones
Fecha de disposición
23/05/2014
Publicaciones
- BO. Ayuntamiento de Madrid 23/05/2014 núm. 7172 pág. 22-28.
Notas
Consultar protocolo en documentación asociada.
También tendríamos que incluir en esta clasificación aquellas actividades que ocupen locales ubicados en centros comerciales, edificios de oficinas o multiempresariales, siempre y cuando no se varíen las condiciones generales del edificio.
Finalmente, y con el propósito de aclarar las diversas referencias existentes en la normativa, se aprueba el presente Protocolo, cuyo principal fin es establecer qué actuaciones, de aquellas que pueden ser tramitadas como declaración responsable, requieren de un proyecto técnico, cuáles otras de una memoria justificativa suscrita por técnico competente y aquellas otras que requieran una simple descripción. Para ello se emplea la denominación de las obras utilizada por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
A tal efecto, la disposición final primera de la OAAEE habilita al titular del área de gobierno u organismo competente por razón de la materia para aprobar las instrucciones y los protocolos técnicos necesarios para la gestión de las declaraciones responsables y las licencias.
Por su parte, el artículo 12 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, aprobados por Acuerdo de 25 de febrero de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, atribuye al Presidente del Consejo Rector del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades las competencias para dictar los protocolos técnicos, instrucciones y circulares sobre las materias que sean competencia de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades.
A su vez el punto 1 de la DA 3.ª del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 17 de enero de 2013, de Organización y Estructura del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, atribuye a la Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades la competencia para proponer al Presidente del Consejo Rector la Aprobación de los Protocolos Técnicos.
En su virtud, y a propuesta de la Gerente de la Agencia de Actividades,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar el Protocolo aclarativo sobre la documentación que debe acompañar a una declaración responsable recogida en el artículo 17 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, de 28 de febrero de 2014.
SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos desde su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en la página web corporativa.
Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
- Queda sin efecto por el Acuerdo de 21 de marzo de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto cincuenta y un acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2024\26
- Desarrolla articulo 17 de la Ordenanza para la apertura de actividades económicas en la ciudad de Madrid, de 28 de febrero de 2014. ANM 2022\52