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Subvenciones para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad 2023-2024

Del 09/06/2023 hasta 29/06/2023 Tramitar en línea

Información

Descripción

resolución del gerente de la agencia para el empleo de la ciudad de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinada a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad en el marco de los planes de barrios en las anualidades 2023 y 2024 de la agencia para el empleo de Madrid.

¿A quién va dirigido?

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.

¿A quién va dirigido?

Con la finalidad de mejorar el acceso al empleo de personas empadronadas en la ciudad de Madrid, que sean desempleadas y que se encuentran con más dificultades para acceder a un empleo debido a sus circunstancias personales y sociales, la intervención se focalizará en el 2023 específicamente en los barrios y zonas colindantes de: 

  • San Isidro (Carabanchel) 
  • Orcasur (Usera)
  • Entrevías (Puente de Vallecas)
  • San Diego (Puente de Vallecas)
  • Portazgo (Puente Vallecas)
  • San Cristóbal (Villaverde)
  • Villaverde Alto (Villaverde)
  • Hellín (San Blas-Canillejas)
  • San Fermín (Usera)

Plazo

09/06/2023 - 29/06/2023

Importe

El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en seiscientos dos mil doscientos euros (602.200 €), de los cuales, trescientos un mil cien euros (301.100 €) serán con cargo al ejercicio 2021 y trescientos un mil cien euros (301.100 €) con cargo al ejercicio 2022.

Requisitos

Requisitos

Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el periodo en el que disfruten de la condición de beneficiarias:

  1. Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.
  2. Que sus fines y actividades sociales coincidan con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
  3. Desarrollar sus actividades o tener sede en el ámbito territorial de la ciudad de Madrid.
  4. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  5. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid. g) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  6. No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, RGS), se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

No podrán concurrir entidades cuyos fines, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o resulten discriminatorios por razón de sexo.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 

 

Documentación

Documentación

Documentación que deberá acompañar a la solicitud.

  1. Escritura pública de constitución o acta fundacional del solicitante, en su caso, con sus posibles modificaciones posteriores, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Oficial, junto con la acreditación de la capacidad legal del firmante de la solicitud.
  2. Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T" alta de pago por transferencia) debidamente cumplimentado.
  3. Anexo I, “Memoria explicativa del proyecto”, debidamente cumplimentado.

Declaraciones responsables que deberá formular el solicitante:

  1. Declaración de quien ostente la representación legal de la empresa, entidad o institución solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 RGS.
  2. Declaración de quien ostente la representación legal de la empresa, entidad o institución solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que ésta no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  3. Declaración de quien ostente la representación legal de la empresa, entidad o institución solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la misma se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid y no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
  4. Declaración de que la documentación que se presenta con la solicitud y con cualquier otro trámite asociado al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación, es una copia idéntica del documento original y que los datos contenidos son ciertos.

Más Información

Tramitación

Fase 1 Convocatoria:

  • Publicado en BOAM de fecha 5 de junio de 2023, número 9397.
  • Publicado en BOCM de fecja 8 de junio de 2023, número 135

Fase 2 Resolución tramitación de urgencia

  • Publicado en BOAM de fecha 19 de octubre de 2023, número 9493

Fase 3 Propuesta de resolución provisional

  • Publicada en Sede Electrónica y Madrid.es el 20 de octubre de 2023

Fase 4 Propuesta de resolución definitiva

  • Publicada en Sede Electrónica y Madrid.es el 12 de diciembre de 2023

Fase 5 Resolución definitiva

  • Publicada en Sede Electrónica y Madrid.es el 13 de diciembre de 2023

 

 

Información complementaria

El Proyecto de Itinerarios de Empleabilidad habrá de contemplar la realización de las siguientes actuaciones.

  1. Identificar el colectivo susceptible de participar en la actuación.
  2. Analizar las necesidades, motivaciones, expectativas y preferencias laborales del colectivo sobre el que se propone actuar, identificando los factores que promueven u obstaculizan la participación de las referidas personas en los distintos programas existentes de promoción del empleo (formación, orientación, intermediación laboral y autoempleo).
  3. Detectar los principales sectores laborales y ámbitos de actuación para promocionar el empleo entre las personas con más dificultades de inserción laboral.
  4. Definir las actuaciones a seguir respecto a la promoción y motivación hacia el empleo, a partir del análisis realizado en el apartado b. Incluyendo, entre otras:
    • La realización de un diagnóstico y propuesta de itinerarios de orientación sociolaboral
    • La identificación y derivación a recursos necesarios,
    • El acompañamiento y seguimiento personalizado
    • Impartición de talleres formativos sobre competencias de acceso al empleo.
    • El apoyo activo en la identificación de oportunidades de empleo.
  5. Prescribir programas formativos a seguir por los participantes de los ofrecidos por las entidades públicas y, en particular, de la Agencia para el Empleo.
  6. Elaborar informes con los resultados más importantes del proceso de mediación.

La entidad beneficiaria deberá disponer de los medios materiales y personales necesarios para su realización. A estos efectos contará con un equipo compuesto como mínimo por: un coordinador del proyecto, 5 facilitadores de empleo de barrio, 1 facilitador de formación y un profesional administrativo, que deberán acreditar documentalmente su formación.

Fundamento legal

La convocatoria se encuadra en la Línea de Subvención 2: Fomento del Empleo en la ciudad de Madrid, del Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 (en adelante, OBRGS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de junio de 2019 (modificado por acuerdo del mismo órgano de 29 de julio de 2020), por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, se aprueba la presente convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de un proyecto de itinerarios de empleabilidad, preferentemente dirigido a colectivos desfavorecidos o con especiales dificultades de inserción laboral, en el marco de los Planes de Barrio

Entidad Gestora

Agencia para el Empleo de Madrid

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