Saltar navegación

Solicitud y uso de las hojas de reclamaciones por parte de las personas consumidoras

Información

Descripción

Las personas profesionales o el personal de establecimientos abiertos al público deberá entregar obligatoriamente las Hojas de Reclamaciones a las personas consumidoras que lo soliciten.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  • Presencialmente
    En el establecimiento objeto de la reclamación. Ésta debe ser entregada antes de abandonar el establecimiento.

Documentación

Documentación

  • Hoja de Reclamaciones 
  • Documentación que fundamente los hechos reclamados tales como factura, justificante de pago, contrato, folletos informativos, garantía, etc.  o cualquier documento que sirva para valorar los hechos.

Más Información

Tramitación

La persona consumidora entregará un ejemplar al establecimiento y remitirá otro a la administración.

Información complementaria

  • Negativa a entregar hojas de reclamación
    La negativa de un establecimiento a facilitar hojas de reclamación a una persona consumidora que las solicite es un hecho sancionable. Si se diera esa circunstancia se puede dar aviso a la Policia Municipal que levantará acta de la negativa y del motivo de reclamación expuesto por la persona consumidora o usuaria.

Fundamento legal

Decreto 1/2010 (arts. 35, 36 y 37) de 14 de enero, BOCM de 21 de enero de 2010

Subir Bajar