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Registro de Lobbies

Información

Descripción

El Registro de Lobbies es el espacio público y gratuito en el que deben inscribirse todas las personas físicas y jurídicas, o entidades sin personalidad jurídica, que quieran actuar directamente o en representación de un tercero con el objetivo de hacer valer algún interés en la elaboración de la normativa municipal, en el diseño y desarrollo de las políticas públicas municipales y en la toma de decisiones de impacto general o colectivo del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

La creación del Registro de Lobbies se regula en el Capítulo VI de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid. Sus principales objetivos son lograr una mayor transparencia en el proceso de toma de decisiones y conocer qué intereses representan las personas que se reúnen con los máximos responsables públicos. 

Posteriormente se aprueba la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, que regula en su Capítulo II el contenido del registro, y los derechos y obligaciones de las personas o entidades que se inscriben.

Ventajas del lobby inscrito:

  • Solicitud de reuniones y encuentros a través del registro con aquellos/as responsables municipales que mantengan agenda institucional.
  • Recepción de avisos de contenidos relacionados con las áreas de actividad o interés del lobby, con el fin de facilitar su participación.
  • La información relativa a los procedimientos en los que haya intervenido podrá incluir una mención expresa de su participación.

Para más información, puede consultar las Preguntas Frecuentes.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

El procedimiento de inscripción, renovación, modificación o baja en el Registro de Lobbies únicamente puede efectuarse a través del Registro Electrónico, disponible en Tramitar en Línea (requiere identificación y firma electrónica). Importante: antes de comenzar el trámite en línea es conveniente consultar la ayuda

 

Inscripción o renovación en el Registro de Lobbies:

1. Presentación de un formulario de declaración responsable de inscripción o renovación en el Registro Electrónico, que recogerá entre otros los siguientes datos:

  • Datos de quien se inscribe, ya sea persona física o jurídica, actúe por cuenta propia o por cuenta ajena. 
  • Datos de persona de contacto con quien se mantendrá la comunicación en lo relacionado con el correcto funcionamiento del Registro.
  • Categoría o naturaleza jurídica de quien va a ejercer la actividad de lobby, su finalidad y objetivos, fondos que se destina a la actividad de lobby...
2. Recepción de correo electrónico de confirmación de alta: El Ayuntamiento revisará la declaración responsable de inscripción presentada y enviará, en un plazo máximo de 48 horas, un correo electrónico a la persona de contacto indicada en la misma, indicando el usuario y contraseña de acceso al Área Privada del Registro de Lobbies. A través del Área Privada, el lobby podrá dar de alta a las personas que asistirán a las reuniones (agentes), solicitar reuniones e indicar áreas de interés para la recepción de avisos. 

 

Modificación de datos de inscripción del Registro de Lobbies:

Deberá presentar un formulario de declaración responsable de modificación de inscripción, a través del Registro Electrónico disponible en Tramitar en Línea. Se rellenerán solo los campos que modifiquen la información declarada al inscribirse.

 

Baja de inscripción del Registro de Lobbies: 

Se deberá presentar un formulario de declaración responsable de baja de inscripción a través del Registro Electrónico disponible en Tramitar en Línea, con la indicación de los datos de identidad del lobby.

Documentación

Documentación

  • Formulario de declaración responsable de inscripción, disponible en "Tramitar en línea" (Registro electrónico) y "Modelos de formularios".
  • Si la persona o entidad que se inscribe va a actuar en representación de otras personas físicas o jurídicas, o entidades sin personalidad jurídica, aportará copia cotejada o autenticada del documento acreditativo de la representación, así como el ANEXO I disponible en "Información relacionada".

 

 

Más Información

Información complementaria

 

La inscripción en el Registro de Lobbies implica la aceptación de ciertas obligaciones por parte de la persona o entidad que se inscribe: 

  • Proporcionar información verídica, adquiriendo el compromiso de actualizarla.
  • Aceptar el Código Ético de Conducta contemplado en el artículo 70 de la Ley 10/2019, de 10 de Abril de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y el código ético recogido en el artículo 37 de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid de 27 de julio de 2016.
  • No realizar regalos no permitidos según lo dispuesto en el Acuerdo de 5 de noviembre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece el régimen de regalos que reciben el Alcalde, los Miembros de la Junta de Gobierno, los Concejales-Presidentes de los Distritos, los titulares de los órganos directivos y los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, y la disposición adicional novena de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.

La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a la declaración responsable o la no presentación ante el Ayuntamiento de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la baja en el registro, la pérdida de los incentivos e imposibilidad de mantener reuniones con Concejales, titulares de los órganos directivos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos y el personal eventual.

Entidad Gestora

Dirección General de Transparencia y Calidad

Tramitar

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