Autorización para la retirada de especies exóticas invasoras y sus nidos
Información
Descripción
La retirada de especies exóticas invasoras y sus nidos en el municipio de Madrid requiere de una autorización previa de Madrid Salud.
Las especies que con más frecuencia se observan son la cotorra argentina (Myiopsitta monachus), cotorra de kramer (Psittacula krameri) y ganso del Nilo (Alpochemn aegyptiacus).
Cuando los animales o sus nidos se encuentren en propiedades privadas o en zonas verdes de titularidad privada, la retirada se llevará a cabo por empresas o servicios especializados contratados por el titular, previa obtención de la autorización.
La autorización será concedida por resolución expresa del Gerente de Madrid Salud.
Con carácter obligatorio es necesario esperar a que la resolución de la autorización le sea notificada para poder realizar la retirada de los animales o sus nidos.
¿A quién va dirigido?
La solicitud de la autorización podrá ser presentada por personas físicas, jurídicas (ej. comunidad de propietarios) o por la empresa que va a realizar la retirada de los animales o los nidos.
Requisitos
Requisitos
Facilitar la información lo más exacta posible de la ubicación de los animales o sus nidos.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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En línea: realizando la solicitud a través del enlace disponible en “Tramitar en línea” (identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
- Presencialmente: en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en “Tramitar en línea” y “Modelos de formularios”.
- Junto con la solicitud, se pueden adjuntar fotografías que faciliten la identificación del lugar donde se encuentran los animales o los nidos.
En el caso de que los nidos o los animales se encuentren en propiedades privadas o zonas verdes de titularidad privada junto a la solicitud se deberá presentar una memoria descriptiva en la que se indique:
- Identificación de la empresa que llevará a cabo la retirada de los animales o los nidos.
- Animales objeto de control.
- Técnica y métodos que se utilizarán para la retirada de los animales o los nidos.
- Lugar y calendario de actuación: ubicación, horario y/o periodo de tiempo durante el cual se llevará la retirada (horario aproximado, incluyendo día/s y mes).
Más Información
Fundamento legal
- Catálogo de Especies Exóticas Invasoras establecido en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
- Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias y por el que se modifica el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto.
- Reglamentos comunitarios de desarrollo de listados derivados de normativa de prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras (actualmente Reglamento (VE) 1143/2014, de 22 de octubre).
Entidad Gestora
Subdirección General de Salud Pública. Organismo Autónomo Madrid Salud
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Modelos de formularios
Solicitud de autorización para la retirada de especies exóticas invasoras y sus nidos (presencial)