Animales. Obtención de acreditación de persona colaboradora en gestión de colonias felinas
Información
Descripción
Para la gestión de las colonias felinas censadas se designarán personas colaboradoras responsables y personas autorizadas que, de manera altruista, realizarán las actividades previstas en los procedimientos y protocolos del Ayuntamiento de Madrid.
Las personas designadas como colaboradoras, en cualquiera de sus tipos, recibirán un carné de colaborador (en adelante acreditación) personal e intransferible por cada una de las colonias en cuya gestión participen, que deberá aportarse cuando se requiera, acompañada de cualquier otro documento identificativo. Será válida, únicamente, para el periodo y ubicación que en ella se señale.
Las personas colaboradoras en gestión de colonias felinas realizarán esta actividad sin que ello implique el derecho a recibir remuneración alguna, y sin que suponga ningún tipo de relación laboral con el Ayuntamiento de Madrid, por lo que en ningún caso tendrán la consideración de personal municipal ni actuarán en nombre del Ayuntamiento.
El acceso a aquellos espacios que lo requieran precisará de autorización adicional de sus titulares, personas propietarias o responsables.
La expedición de esta acreditación implica la aceptación, por parte de su titular, de los compromisos y responsabilidades que corresponden a la condición de colaborador, incluida la aplicación del conjunto de buenas prácticas e instrucciones que les sean indicadas. Su conservación está supeditada a su adecuado cumplimiento.
En el apartado “Otros contenidos” se encuentra disponible el documento Derechos y Obligaciones de los Colaboradores en la Gestión de Colonias Felinas, en el que se detallan estos compromisos y obligaciones.
Esta acreditación solo tiene validez en el término municipal de Madrid, y solo autoriza a realizar actividades relacionadas con la gestión de colonias felinas ubicadas en el mismo.
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