Subvención para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados (Eurotaxi) 2026 (Cambia 360)
Para más información ver el apartado "información relacionada" (BOAM número 10.089 de 19 de marzo de 2026)
Información
Descripción
Decreto 13 de marzo de 2026 publicado el 19 de marzo de 2026 en el BOAM y el BOCM para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados (EUROTAXI),Cambia 360, correspondiente a la anualidad 2026.
Subvenciones disponibles:
- EUROTAXI NUEVO: 25.000 € (máx. 60% del coste sin IVA).
- EUROTAXI de SEGUNDA MANO: 10.000 € (máx. 50% del coste sin IVA).
Se entiende por vehículo EUROTAXI, conforme a lo dispuesto en el artículo 1. bis de la Ordenanza Reguladora del Taxi, de 28 de noviembre de 2012, el vehículo autotaxi que cumpla las condiciones para ser calificado como accesible o adaptado en los términos previstos en la normativa reguladora de accesibilidad, acondicionado para que pueda entrar y salir, así como viajar, una persona en silla de ruedas.
Bases completas de la convocatoria en el apartado 'información relacionada - otros contenidos'.
¿A quién va dirigido?
Titulares de licencia de autotaxi que adquieran vehículos:
- EUROTAXI vehículo adaptado conforme a lo dispuesto en el artículo 1. bis de la Ordenanza Reguladora del Taxi, de 28 de noviembre de 2012.
La licencia de autotaxi no podrá encontrarse en situación de suspensión o excedencia en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
Plazo
01/05/2026 - 01/06/2026
Importe
Importe total de la subvención: Un millón setecientos cincuenta mil euros (1.750.000 €).
Dicho crédito podrá ser ampliado hasta un importe de un millon de euros (1.000.000 €), de acuerdo con lo establecido en la Disposición transitoria segunda de las Bases de ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2026
La cuantía de las ayudas será la siguiente:
- Tramo 1, vehículos EUROTAXI nuevos: 25.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 60 % del importe de la factura del vehículo, IVA excluido.
- Tramo 2, vehículos EUROTAXI de segunda mano: 10.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 50% del importe de la factura, IVA excluido.
La fuente de financiación es íntegramente municipal.
Requisitos
Requisitos
La condición de persona beneficiaria se adquirirá por quienes cumplan los siguientes requisitos:
1. Ser titular de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de subvención.La licencia de autotaxi no podrá encontrarse en situación de suspensión o excedencia en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
2. Adquirir un vehículo desde el día 1 de julio de 2025 hasta el 1 de junio de 2026, ambos incluidos.
3. No estar incurso en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), particularmente:
a) Hallarse al corriente de pago de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Se entenderá cumplido este requisito cuando las deudas se encuentren aplazadas o fraccionadas o se haya acordado su suspensión por impugnación.
b) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración. El beneficiario se compromete a comunicar en cualquier momento la existencia de deudas por reintegro de subvenciones.
4. Cumplir todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y en el artículo 16 de la OBRGS.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
- En línea: Realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica).
- Presencial: Las solicitudes cumplimentadas mediante el formulario disponible en 'Modelos de formularios - Formulario de Solicitud (presencial)', se presentarán junto con la documentación preceptiva en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado y documento “T” alta de pago por transferencia disponible en Tramitar en línea (Registro electrónico) o 'Modelos de formularios - Formulario de Solicitud (presencial)'.
- Factura de adquisición del vehículo (debe indicar matrícula o número de bastidor, marca del vehículo y modelo).
- Factura de adaptación del vehículo a EUROTAXI dónde se indique la matrícula o número de bastidor, marca del vehículo y modelo.
Presentación de documentación por Registro Electrónico
- La documentación adjunta se realizará en la medida de lo posible en un solo fichero pdf.
- Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, además de rellenar en la solicitud los datos de éste, se adjuntará la autorización de representación correspondiente.
- Consulte las recomendaciones para la digitalización de documentos en la sección de información relacionada a pie de página.
Más Información
Tramitación
-
Fase 1: Convocatoria publicación de las bases por las que se regirá la convocatoria de la subvención - BOAM número 10089 de 19 de marzo de 2026.
Información complementaria
Fundamento legal
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013
Entidad Gestora
Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Modelos de formularios
Formulario de solicitud (presencial)