Cementerios Municipales. Solicitud de reducción de restos
Información
Descripción
La reducción de restos sólo podrá ser efectiva en nichos, sepulturas, mausoleos o panteones. En el caso específico de los nichos, solo se procederá a realizar la reducción de restos para inhumar un nuevo cuerpo y una vez trascurridos 10 años desde la inhumación. Siempre que las condiciones en las que se encuentre el cuerpo sean propicias para su reducción.
Requisitos
Requisitos
Haber transcurrido 5 años desde el fallecimiento de los cadáveres a reducir y 2 años desde la inhumación del último cadáver en la sepultura, el cual no se reducirá.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Presencialmente: en las oficinas del Cementerio de Ntra. Sra. de la Almudena, con cita previa.
Documentación
Documentación
Dado que cada tipo de servicio puede requerir una documentación diferente, es mejor que las familias se informen previamente por teléfono de los requisitos exigidos en el Cementerio de Ntra. Sra. de la Almudena.
Más Información
Información complementaria
Teléfonos 915 108 203
Fundamento legal
Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios
Entidad Gestora
Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A