Derecho de tanteo y retracto de la Empresa Municipal de la Vivienda (EMVS) en la venta de una vivienda protegida
Información
Descripción
Los propietarios de un piso protegido en la ciudad de Madrid, adjudicado por la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, pueden vender su inmueble. Pero con condiciones si no han pasado diez años desde la fecha de compra, porque han de tener en cuenta que la EMVS tiene un derecho de tanteo y retracto sobre esa casa. Lo primero que tienen que hacer los propietarios es solicitar una autorización a la Comunidad de Madrid para poder vender la vivienda. Y después pedir a la propia EMVS su renuncia al derecho de tanteo y retracto si la empresa pública no está interesada en recomprar la vivienda.
Si la EMVS no quiere recuperar la casa, el vendedor puede comercializar el inmueble, pero está obligado a desembolsar el 20% del precio de la transmisión a la EMVS de acuerdo con el dictamen del Consejo de Administración de la EMVS fechado el 13 de junio de 2017 que estipula el límite de 10 años y la exigencia del 20%.
¿A quién va dirigido?
A todas las personas que compraron un piso protegido de la EMVS y quieran venderlo. Hayan pasado o no diez años deben comunicarlo a la empresa pública. Si no han pasado diez años porque la EMVS tiene derecho al tanteo y retracto. Y si han pasado más de diez años para comunicarles que ha vencido ese derecho.
Requisitos
Requisitos
- En primer lugar, hay que solicitar el permiso de venta en la Direccion General de Vivienda y Arquitectura de la Comunidad de Madrid, con oficinas en la Avenida de Asturias, 28 y en la calle Maudes 17. También hay que solicitar el precio de la transmisión, debiéndose ajustar a los precios máximos legales que le establezcan.
- En segundo lugar, y una vez obtenido el permiso de venta por parte de la Comunidad de Madrid, se deberá solicitar a la EMVS la renuncia al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto que la empresa pública tiene sobre su vivienda, especificando las condiciones esenciales de la transmisión (precio de transmisión, formas de pago, y nombre de comprador), datos estipulados en la escritura de compraventa.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
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Presencialmente: en las oficinas de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, en la calle Palos de la Frontera, 13. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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A través del teléfono: 915168150
Documentación
Documentación
- Fotocopia de la escritura de vivienda
- Fotocopia del DNI de los titulares de la vivienda
- Fotocopia del permiso de venta de la Comunidad de Madrid
- En caso de solicitarlo persona distinta al titular, deben aportar autorización del representado y copia del DNI del interesado y autorizado.
Más Información
Información complementaria
Para poder transmitir y/o alquilar la vivienda protegida, el propietario tiene que tener en cuenta que, si se ha percibido alguna ayuda durante los diez primeros años desde la fecha de escritura, hay que devolverla. Y si se goza de préstamo cualificado, tendrá que cancelarlo o convertirlo en préstamo libre.
Entidad Gestora
Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo